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¿AFECTARÁ LA LEY DE CAMBIO CLIMÁTICO A LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS?

Nuestra casa global está en riesgo. Debido a la acción del hombre, a sus sistemas de producción y de consumo de energía a partir de la Revolución Industrial, la concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera está creciendo de forma constante y las Comunidades de Propietarios se verán afectadas.

Según la Organización Meteorológica Mundial (OMM), en los últimos años los niveles de este tipo de gases, que atrapan el calor en la atmósfera, han alcanzado nuevos récords sin precedentes. Las generaciones futuras tendrán que hacer frente a unos efectos cada vez más graves del cambio climático, como el aumento de las temperaturas, unos fenómenos meteorológicos más extremos, un mayor estrés hídrico, la subida del nivel del mar y la alteración de los ecosistemas marinos y terrestres. El mayor impulsor de este calentamiento global es el dióxido de carbono (CO2), que está ligado fundamentalmente a la quema de los combustibles fósiles: el carbón, el petróleo y el gas.

La Ley de cambio climático y transición energética, en su exposición de motivos, desarrolla como principal objetivo que nuestro país cumpla con los compromisos internacionales en la lucha contra el cambio climático con el propósito de alcanzar, antes del año 2050, la neutralidad climática.

La neutralidad de carbono se alcanza cuando los niveles de CO2 emitidos a la atmósfera son iguales a los niveles de CO2 que se retiran por diversas vías, dejando el balance a cero. La mejor alternativa para conseguir este equilibrio es reducir lo máximo posible las cantidades de gases que se emiten a la atmósfera para que puedan ser absorbidas por los sumideros naturales, como por ejemplo los bosques y océanos, y transformadas en oxígeno. En la actualidad los sumideros naturales sólo pueden hacerse cargo de eliminar al año entre 9,5 y 11 gigatones de CO2 de los 38 que comprenden las emisiones globales que producimos anualmente. Una alarmante situación que está poniendo en jaque la salud de nuestro Planeta.

Por lo tanto, la finalidad de esta nueva ley es ayudar al conjunto de la sociedad y de la economía a desengancharse de los combustibles fósiles, principales responsables de los gases de efecto invernadero. Para ello, la norma establece metas intermedias, una serie de medidas concretas e instrumentos de planificación para abordar la transición ecológica, además de presentarse como un instrumento para canalizar los fondos europeos de recuperación destinados a ayudar a reparar los daños económicos y sociales causados por la pandemia de coronavirus.

Las metas de la nueva ley de cambio climático.

La Ley de cambio climático y transición energética establece unos objetivos cuantificados, que podrán ser revisados al alza para cumplir con el Acuerdo de París, el primer acuerdo universal y jurídicamente vinculante sobre el cambio climático, adoptado en la Conferencia sobre el Clima de París (COP21) en diciembre de 2015. Aunque la primera de esas revisiones se deberá realizar en 2023, estos son los principales objetivos fijados en la ley para 2030:

  • Las emisiones del conjunto de la economía española deberán reducirse como mínimo en un 23% respecto al año 1990.
  • Las energías renovables han de suponer al menos el 42% del consumo final de energía total. Debemos tener en cuenta que actualmente tan solo rondan el 20%.
  • El 74% de la energía eléctrica ha de ser de origen renovable, y en 2050 ha de alcanzarse el 100%. En este momento es del 40%.
  • Mejora de la eficiencia energética disminuyendo el consumo de energía primaria en, al menos, un 39,5%.

La Ley recoge como instrumentos de planificación para abordar esta transición ecológica los Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima, la Estrategia de Descarbonización a 2050 de la Economía Española y los Planes Nacionales de Adaptación al Cambio Climático. Sus medidas afectaran principalmente a materias tan variadas como la movilidad, el sector eléctrico, los combustibles fósiles y la eficiencia energética y rehabilitación de edificios, cuestión que toca de lleno a las Comunidades de Propietarios de nuestro país.

¿Qué medidas de esta nueva ley de cambio climático afectarán a las Comunidades de Propietarios?

En relación a las medidas de eficiencia energética y la Estrategia a largo plazo para la rehabilitación de edificios, esta ley recoge que deberán ser coherentes con los objetivos de eficiencia, de gestión de la demanda y de renovables establecidos en los sucesivos Planes Integrados de Energía y Clima. Con la finalidad de conseguir edificios más eficientes se fomentará el uso de materiales con la menor huella de carbono posible, mejoras en la accesibilidad de los edificios, incentivos para la introducción de energías renovables en la rehabilitación de viviendas, facilitando instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo en las Comunidades de Propietarios y sistemas de calefacción y refrigeración de cero emisiones. Por estos motivos, la Ley de cambio climático y transición energética establece que:

  • El Gobierno deberá proponer la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal para facilitar y flexibilizar las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo en las Comunidades de Propietarios en un plazo máximo de un año a contar desde la aprobación de la presente ley.
  • El Gobierno deberá poner en marcha en los seis primeros meses desde la entrada en vigor de la ley un plan de rehabilitación de viviendas y renovación urbana con el objetivo de mejorar el parque edificado en línea con la implantación de la Agenda Urbana Española.
  • Las Administraciones tendrán que aprobar incentivos para la introducción de las energías renovables, para impulsar así el autoconsumo y la calefacción y refrigeración de cero emisiones. También se apuesta por el uso de materiales con la menor huella de carbono posible y por las mejoras en la accesibilidad.
¿Son beneficiosas estas medidas para las Comunidades de Propietarios?

Por supuesto, ya que la Ley de cambio climático pretende servir para canalizar los fondos europeos del plan de recuperación también en materia de edificación y eficiencia energética. El Gobierno contempla ayudas directas modulables a las Comunidades de Propietarios de entre el 40% y el 100% de la obra cuando se mejoren las fachadas y cubiertas o se instalen calderas o placas solares, dependiendo del grado de eficiencia energética que se logre con las actuaciones.

Además, invertir en eficiencia energética, es decir, en la optimización del consumo energético para unas determinadas condiciones de confort y niveles de servicio adecuados, reduce el gasto en las Comunidades de Propietarios.

La implementación de medidas que minimizan las pérdidas de energía como la mejora de la envolvente, la sustitución de sistemas centrales de calefacción y agua caliente por otros energéticamente más eficientes, la instalación de sistemas de contaje de energía, el aprovechamiento de la energía solar o la instalación de puntos de recarga en las plazas de garaje, entre otras, son actuaciones que no solo supondrán un gran ahorro económico en las facturas energéticas de las Comunidades de Propietarios, sino que implicarán una disminución de la huella ecológica provocada por el inmueble, y repercutirán en la revalorización de las viviendas y en la mejora de la seguridad en el edificio.

Pero debemos tener en cuenta que al realizar cualquier obra, reforma o rehabilitación destinada a la optimización energética de su edificio, la comunidad se convierte automáticamente en promotora de la misma, como establece el Artículo 9 de la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE). Su representación legal recaerá en la figura del Presidente de la Comunidad, aunque la responsabilidad se extenderá a los propietarios. Por este motivo desde la Correduría de Seguros José Silva, experta en seguros de Comunidades de Propietarios, ofrecemos un Seguro Todo Riesgo Rehabilitación y aseguramiento específico para placas solares, diseñados para prestar cobertura frente a la amplia variedad de riesgos que pueden afectar a la ejecución de una obra o reforma en una Comunidad de Propietarios, que la protegerá frente a las consecuencias económicas de los daños materiales imprevistos que puedan surgir durante su ejecución, y durante el periodo de mantenimiento.

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Contacta con nosotros, estudiaremos las necesidades específicas de vuestra comunidad para poder ofreceros una póliza personalizada, con todas las garantías profesionales y claridad en los contratos. Además, garantizamos un amplio servicio postventa realizado por un excelente equipo de profesionales que os brindará ayuda en caso de sufrir un siniestro. Siempre estaremos a vuestra disposición, bien a través de nuestra página web, de nuestra dirección de correo josesilva@josesilva.es o llamándonos al teléfono 915353009. Recibiréis una inmejorable atención.

© José Silva Correduría de Seguros 2021.

Comments (2)

  1. Espe
    7 de mayo de 2021 Responder

    Magnífico artículo ¿ Cómo podemos asegurar las placas solares de la cubierta?

    • JoséSilvaSeguros
      15 de mayo de 2021 Responder

      Hola Espe, tanto si se trata de una vivienda unifamiliar como un edificio colectivo o comunidad de propietarios, algunas coberturas pueden obtenerse en el mismo seguro multirriesgo, ahora bien si lo que pretende es disponer de la mayor protección ante todos los riesgos, nuestra opinión es suscriba un seguro específico para las placas

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