Todos tenemos claro que ser trabajador autónomo conlleva cumplir una serie de requisitos y obligaciones tanto con la Seguridad Social como con la Agencia tributaria, como por ejemplo darse de alta en el Régimen Especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA), abonar mensualmente la cantidad correspodiente de la cuota de cotización, tributar los ingresos percibidos mediante el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o liquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido o IVA. Sin embargo, en muchas ocasiones no somos conscientes de que el trabajador por cuanta propia también tiene que enfrentarse a otro tipo de responsabilidades tan fundamentales como las anteriormente mencionadas. Existe la responsabilidad frente a los trabajadores a cargo, y también la de los productos o servicios defectuosos, o los daños que se produzcan en el local en el que se ejerce la actividad, y por ello resulta totalmente imprescindible que todo trabajador autónomo posea un Seguro de Responsabilidad Civil que se haga cargo del importe de los daños y perjuicios en el momento en el que se produzca una situación que perjudique a terceros.
¿Qué es un Seguro de Responsabilidad Civil para autónomos?
Es muy sencillo, un Seguro de Responsabilidad Civil es un contrato mediante el cual una compañía de seguros se encarga de proteger al trabajador autónomo frente a los daños a terceros ocasionados en el desempeño de su actividad profesional.
Además de cubrir los riesgos referidos a daños personales y materiales, los Seguros de Responsabilidad Civil para autónomos también se encargan de cubrir contingencias relacionas con los trabajadores (RC patronal) y con los productos que fabrica y/o comercializa (RC de productos) y los servicios que presta, además de las consecuencias derivadas directamente de su actividad empresarial (RC de explotación).
Entonces, ¿es obligatorio el Seguro de Responsabilidad Civil para autónomos?
Existen numerosas actividades para las que es obligatorio disponer de un Seguro de Responsabilidad Civil, como medida de seguridad tanto para la propia empresa, su cliente, como hacia sus trabajadores, y es la Administración Pública quien fija dichos supuestos. Pero no debemos olvidar que cualquier trabajador autónomo asume por regla general muchos riesgos y está sujeto a la posible obligación de reparar los daños que se puedan ocasionar a otro, exista o no contrato, por lo que le resultará imprescindible contar con herramientas para poder hacerle frente. Por ello, los Seguros de Responsabilidad Civil son esenciales para lograr cubrir cualquier imprevisto o accidente que se pueda producir en la actividad profesional de un trabajador por cuenta propia.
¿En qué actividades es obligatorio el Seguro de Responsabilidad Civil?
La obligatoriedad del Seguro de Responsabilidad Civil dependerá de la actividad económica que se realice. La lista es extensa, pero a grandes rasgos podemos destacar las siguientes:
- Profesionales, personas jurídicas o entidades sanitarias en el ámbito privado.
- Profesionales financieros y administradores concursales.
- Corredores de seguros y abogados.
- Técnicos y empresas dedicadas a la conservación de ascensores.
- Actividades de espectáculos u ocio.
- Complejos deportivos.
- Empresas de restauración y hostelería.
- Empresas de transporte colectivo público y escolar.
- Agencias de viaje.
- Empresas organizadoras de eventos o espectáculos.
- Centros de enseñanza.
El seguro de responsabilidad civil también es imprescindible para todos los autónomos que tengan un establecimiento abierto al público, tanto si tiene trabajadores a su cargo como si no. De hecho, es un requisito indispensable para obtener la licencia de apertura de multitud de negocios, entre los que se incluyen restaurantes, bares, quiosco bares, cafeterías, autoservicios, cines, auditorios, teatros, circos, establecimientos de actividades culturales y sociales, establecimientos de juego, salones recreativos, centros de ocio y diversión, cibersalas, complejos deportivos, gimnasios, centros de spa, boleras, peluquerías, centros de estética y un largo etcétera.
Aunque existan actividades a las que todavía no se les exige poseer un Seguro de Responsabilidad Civil, debemos ser conscientes de que aunque no sea obligatorio no significa que no sea indispensable, ya que el mero hecho de ejercer una actividad por la que se obtiene un beneficio, entraña el riesgo de ocasionar un daño.
¿Que coberturas ofrece un Seguro de Responsabilidad Civil para autónomos?
Las coberturas básicas de los Seguros de Responsabilidad Civil para autónomos suelen comprender la defensa jurídica y las indemnizaciones por los daños materiales y personales producidos a terceros como consecuencia del desarrollo de la actividad profesional del autónomo. Desde la Correduría José Silva hemos diseñado un producto mucho más completo, que además garantizará las siguientes coberturas:
- Explotación: derivados de la operativa propia de la empresa.
- Patronal: derivados de lesiones o muerte soportadas por los propios empleados.
- Cruzada: derivados de lesiones o muerte soportados por otros contratistas o subcontratas.
- Inmobiliaria: derivada de la propiedad de inmuebles.
- Locativa: derivada del arrendamiento de inmuebles.
- Bienes confiados.
- Trabajos fuera de las propias instalaciones.
- Trabajos Terminados o Post-trabajos: aquella responsabilidad de daños ocurridos una vez entregado el trabajo o prestado el servicio.
- Productos: derivada de productos fabricados o suministrados.
- Retirada de Productos. Unión y Mezcla.
- Maquinaria fija o móvil.
- Alimentos suministrados.
- Carga, Descarga y Transporte.
- Responsabilidad profesional/empresarial.
- Perjuicios Patrimoniales y/o Consecuenciales.
- Gastos de Defensa en cuantía suficiente.
- Protección Jurídica, en exceso de la suma asegurada.
- Fianzas Civiles y Penales.
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No lo dudes, las tenemos: somos una correduría con experiencia, lo cual significa que somos expertos en la comparativa de seguros, estudiaremos tus necesidades para ofrecerte una póliza de seguros a tu medida, con todas las garantías profesionales y claridad en los contratos.
Además de ofrecerte la póliza adecuada a tus necesidades y particularidades, recibirás un amplio servicio postventa, realizado por un excelente equipo de profesionales que resolverán todas tus dudas y te brindarán toda la información que puedas necesitar, así como implicación y ayuda en caso de que sufras un siniestro. Contamos, además, con muy buenos socios: debes saber que nuestra actividad está integrada en el marco colectivo de la Asociación Profesional Cojebro, el Colegio Profesional de Mediadores de Seguros de Madrid y diversos organismos sectoriales, además de acuerdos con las mejores entidades aseguradoras.
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María Dolores, regenta un centro de estética desde el año 2008. Tiene mucha experiencia y clientes importantes cuyo aspecto físico es relevante profesionalmente: actores, presentadores, artistas, deportistas, políticos, siempre satisfechos con su trabajo. Sin embargo hace dos meses nos llamó muy disgustada, porque recibió un escrito de un despacho de abogados mediante el cual ponía en su conocimiento que uno de sus empleados había causado un daño a una persona al efectuarle un tratamiento de depilación. Solicitaba una indemnización por los días de cura y las secuelas. En un primer momento la tranquilizamos porque estábamos seguros de que su póliza amparaba ese tipo de daños. Establecimos contacto con los reclamantes y posteriormente pusimos en conocimiento de la aseguradora toda la documentación recopilada. Ésta alcanzó un acuerdo transaccional de indemnización sin tener que llegar a juicio. Respiró tranquila y nos envío un magnífico ramo de flores a la oficina. Estaba muy satisfecha porque una amiga suya había tenido muchos problemas con su seguro en un caso parecido que le hicieron al concederle un préstamo.
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