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¿QUÉ ES UNA OFERTA MOTIVADA EN SEGUROS DE AUTO Y RESPONSABILIDAD CIVIL?

OFERTA MOTIVADA

Después de sufrir un accidente de tráfico o daños cubiertos por un seguro de responsabilidad civil (RC), un documento clave es la oferta motivada de la aseguradora. En el procedimiento indemnizatorio es fundamental, ya que no se limita a una propuesta económica: la oferta motivada es un imperativo legal cuyo objetivo es proteger a las víctimas y evitar que las aseguradoras dilaten injustificadamente el proceso.

La oferta motivada garantiza la transparencia en las indemnizaciones, ya que debe detallar, de forma clara y justificada, la cuantía ofrecida para cubrir los daños sufridos de acuerdo con las cláusulas contractuales de la póliza. No obstante, es importante tener en cuenta que no todas las ofertas son definitivas ni válidas. Además, las respuestas de las aseguradoras pueden inducir a confusión si los perjudicados o reclamantes carecen de formación sobre términos legales, argot asegurador y plazos, lo que puede dificultar la toma de decisiones.

Por eso es importante entender que, recibir una oferta motivada, no significa que el proceso haya terminado. Es solo el inicio de una serie de pasos en los que se tendrá que verificar que es correcta y justa. Si existen dudas sobre la oferta recibida o se considera que la indemnización propuesta no cubre todos los daños, es fundamental contar con asesoramiento profesional para defender nuestros derechos y garantizar una compensación acorde al clausulado del seguro.

En este artículo, te explicamos detalladamente qué es una oferta motivada, cómo debe formularse tanto en seguros de coche y otros vehículos a motor, como de Responsabilidad Civil General. También qué puedes hacer si la propuesta de la aseguradora no te parece justa.

¿Qué es exactamente una oferta motivada?

La oferta motivada es el documento formal mediante el cual la aseguradora presenta a la persona perjudicada una propuesta de indemnización por los daños sufridos como consecuencia de un siniestro. En el ámbito de los accidentes de tráfico, su regulación se encuentra en el artículo 7.3 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

La oferta motivada no es una simple carta con una cifra económica. La ley exige que esté debidamente razonada y justificada, de manera que se pueda comprender cómo se ha calculado su cuantía. Además, tiene carácter vinculante para la aseguradora, lo que significa que, si la persona afectada la acepta, la compañía debe realizar el pago según los términos indicados. En el plazo de tres meses, desde la recepción de la comunicación del perjudicado, el asegurador deberá de presentar la oferta motivada.

Por estos motivos, es importante no confundir una oferta motivada con una comunicación informal o con una oferta verbal. Solo un documento que cumpla con todas las formalidades legales requeridas tendrá validez.

Requisitos que debe cumplir una oferta motivada para ser válida

Para que una oferta motivada sea considerada válida y evite que la aseguradora tenga que abonar intereses de demora, debe cumplir una serie de exigencias muy concretas.

En primer lugar, la compañía debe detallar de forma clara los distintos conceptos indemnizables, diferenciando entre los daños personales y los daños materiales. Una cantidad global sin explicación no cumple con la ley.

Además, la oferta motivada debe indicar la base de cálculo utilizada, explicando qué baremos, informes médicos o periciales se han tenido en cuenta para determinar la cuantía ofrecida. Este punto es especialmente relevante, ya que permite comprobar si se ha aplicado correctamente el baremo de indemnizaciones en accidentes de circulación u otros criterios de valoración.

Otro requisito esencial es que la oferta motivada vaya acompañada del informe definitivo elaborado por los servicios médicos de la aseguradora, en el que se valoren las lesiones y, en su caso, las secuelas. Si este informe no se adjunta y no se ha entregado previamente, la oferta puede considerarse nula.

Por último, la oferta motivada debe dejar claro que el pago no está condicionado a la renuncia a futuras acciones legales. El perjudicado tiene derecho a cobrar la cantidad ofrecida y, si considera que es insuficiente, continuar reclamando una indemnización mayor por la vía legal correspondiente.

El deber de colaboración del perjudicado en la oferta motivada

Para que la aseguradora pueda formular una oferta motivada correcta, el perjudicado también tiene obligaciones. La principal es permitir que los médicos y peritos designados por la compañía realicen las evaluaciones necesarias.

Asimismo, el perjudicado también podrá solicitar informes periciales complementarios, sin necesidad de acuerdo del asegurador, siendo los mismos, en este caso, a su costa.

La oferta motivada en los seguros de Responsabilidad Civil

Aunque la oferta motivada es una figura específica de los accidentes de tráfico, su principio de transparencia y justificación es aplicable por analogía a otros ámbitos como la responsabilidad civil general, profesional o patronal. En estos supuestos, cuando un tercero sufre un daño derivado de la actividad de un profesional, empresa o establecimiento, la aseguradora del responsable tiene la obligación legal de actuar con diligencia para resarcir el daño.

Bajo el amparo de la Ley de Contrato de Seguro (especialmente en sus artículos 18 y 20), las compañías deben satisfacer el pago del importe mínimo de las indemnizaciones en los 40 días siguientes a la recepción de la declaración del siniestro. Si bien en estos ramos no es obligatorio el uso del Baremo de Tráfico, cualquier propuesta de indemnización debe estar igualmente sustentada en informes técnicos, periciales o económicos que justifiquen de forma razonada la cuantía ofrecida.

Si la aseguradora no presenta una propuesta justificada, retrasa injustificadamente el pago o incurre en silencio administrativo, se expone al devengo de intereses de demora. Regulados en el artículo 20 de la LCS, actúan como una sanción significativa e incrementan la indemnización final en favor del perjudicado.

¿Qué es una respuesta motivada y cómo se relaciona con la oferta motivada?

En algunos casos, la aseguradora no enviará una oferta motivada, sino una respuesta motivada. Este documento se utiliza para explicar por qué la compañía no presenta una propuesta económica o por qué rechaza total o parcialmente la reclamación del perjudicado.

La respuesta motivada debe estar igualmente justificada y no puede limitarse a una negativa genérica. La aseguradora está obligada a explicar las razones concretas por las que no formula una oferta motivada en ese momento, ya sea por considerar que no existe responsabilidad, por falta de pruebas o porque aún no es posible cuantificar el daño.

Motivos habituales para recibir una respuesta motivada en lugar de una oferta motivada

Uno de los motivos más frecuentes para recibir una respuesta motivada es que la aseguradora considere que su asegurado no es responsable del siniestro. Por ejemplo, cuando considera que existe culpa exclusiva de la víctima. En otros casos, la compañía puede admitir que existe un daño, pero negar que haya una relación directa entre ese daño y el hecho reclamado.

También es habitual que la aseguradora emita una respuesta motivada cuando el perjudicado aún se encuentra en tratamiento médico y no se conocen las secuelas definitivas. En estas situaciones, la ley permite aplazar la oferta motivada, pero impone a la compañía un deber de información continuado. El incumplimiento de esta obligación puede dar lugar a la imposición de intereses de demora.

Ante una motivada, no firmes sin asesoramiento profesional

Aceptar una oferta motivada sin revisarla en profundidad puede suponer una pérdida económica considerable. En ocasiones, la inicial no incluye todos los conceptos indemnizables. Contar con el asesoramiento de una correduría de seguros con experiencia ofrece espectaculares ventajas:

  • Auditoría de la oferta motivada: un corredor de seguros comprobará que se incluyen todos los conceptos indemnizables, como días de baja, secuelas, perjuicio moral, gastos médicos y farmacéuticos y desplazamientos, entre otros.

  • Detección de respuestas motivadas insuficientes: identificará rechazos sin respaldo pericial, como los basados en lesiones de baja intensidad.

  • Control de los plazos legales: garantizará que se cumplan los plazos y que se aplique el derecho a intereses de demora procedente.

  • Defensa de tus derechos: frente a prácticas abusivas o interpretaciones interesadas de la aseguradora.

Recuerda: recibir una oferta motivada no significa que debas aceptarla automáticamente. Tampoco una respuesta motivada implica que no tengas derecho a indemnización. Cada caso debe analizarse con detalle, teniendo en cuenta la normativa, los informes médicos y las circunstancias concretas del siniestro.

Si has recibido una oferta o una respuesta motivada y tienes dudas, no firmes sin asesoramiento profesional. Ponte en contacto con nosotros. En la Correduría de Seguros José Silva hacemos fácil lo complejo.

© José Silva Correduría de Seguros 2025

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