Caso real seguros personales

SEGUROS DE ALQUILER: PREGUNTAS Y RESPUESTAS

Los últimos datos facilitados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) muestran que los desahucios por impago de alquiler tienen una tendencia al alza en España. En el último año se han incrementado en más de un 37% y se prevé que debido a la actual situación económica y social, marcada por una gran subida de la inflación, experimenten un aumento todavía más pronunciado.

En este contexto el impago del alquiler se ha convertido en uno de los mayores riesgos que corre el propietario de una vivienda arrendada. El seguro de alquiler es la herramienta idónea para proteger este activo. Es una póliza que asume los gastos legales del lanzamiento del inquilino y opcionalmente asegura las rentas y otros desperfectos de la vivienda.

El mismo producto de seguro da protección a la propiedad y al inquilino. Dos buenos ejemplos son el de Ana y Alexandra, amigas y compañeras de trabajo que el pasado mes acudieron juntas a nuestra oficina para informarse sobre este tipo de pólizas.

Ana acaba de recibir como herencia un ático que ha decidido destinar al alquiler, y nos pregunta cómo puede alquilar directamente sin riesgos. Busca una fórmula que le permita arrendarla con los mínimos gastos y sin riesgos, avales y las mínimas preocupaciones. El caso de Alexandra es distinto, tiene un sueldo que le permite vivir de alquiler y nos pregunta cómo puede alquilar sin avales.

¿Qué seguros de alquiler necesitan Ana y Alexandra?

Después de que Ana nos comunicara el temor que le produce un impago por parte del inquilino, que su vivienda sufra daños o incluso sea “okupada”, le recomendamos la contratación de un seguro de alquiler. También conocido como seguro de impago, es una póliza destinada al arrendador de una vivienda o local que cubre las rentas impagadas por el arrendatario, se hace cargo de los daños inmobiliarios y le brinda asistencia jurídica ante posibles conflictos civiles o penales con el inquilino. Además, se pueden incorporar al seguro de alquiler otras garantías como por ejemplo impago de suministros, la falta de pago a causa de incendio en la vivienda, limpieza del inmueble tras la marcha del inquilino, etc.

A Alexandra, como vive de alquiler, en aquellos casos en que la renta mensual supera el 40 % de sus ingresos, le aconsejamos la contratación de un seguro para inquilinos. Una póliza de hoga multirriesgo adaptada a sus necesidades como arrendataria. Por lo tanto, se encargará de protegerla ante cualquier incidente que pueda producirse en la vivienda que ha alquilado y los distintos tipos de siniestros que suelen surgir (incendio, explosión, rayo, rotura, robo y daños por agua). Por supuesto le prestará asistencia ante pequeñas reparaciones y cobertura al contenido de la vivienda que sea de su propiedad. Este tipo de seguro tiene muy en cuenta aspectos tan importantes como la defensa jurídica y la responsabilidad civil como inquilino. De este modo le ofrecerá asesoramiento y protección en caso de problemas legales con otros vecinos, la propia comunidad, o incluso con el arrendador, garantizándole una suma suficiente para cubrir los posibles daños que un siniestro en su vivienda pueda causar a terceros.

¿El seguro de impago solo beneficia al arrendador?, nos preguntó Alexandra.

El seguro de alquiler es un magnífico filtro para elegir al inquilino, ya que antes de formalizar el contrato de alquiler, la compañía aseguradora hará un estudio de viabilidad al candidato para comprobar que es solvente en ese momento. Pero además de proteger al propietario frente a posibles riesgos y ofrecerle tranquilidad y confianza, también tiene ventajas para el inquilino.

Hasta hace poco, lo normal era pedir al futuro inquilino avales personales o bancarios, muy gravosos y, en ocasiones, difíciles de conseguir. La tendencia actual es la de ir abandonando esas antiguas prácticas y optar por un seguro de impago, mucho más efectivo para los propietarios y más asequible para los inquilinos. En el caso de Alexandra, cuando sus ingresos son suficientes para no comprometer más del 40% de los mismos en el arrendamiento, el seguro de alquiler es la mejor forma de aportarle confianza al arrendador.

Por lo tanto, ambas partes salen beneficiadas: el seguro de alquiler se revela como un medio muy útil para el propietario ya que le ayuda a elegir al inquilino adecuado estudiando su solvencia financiera. Por otra parte, beneficia también al inquilino que, de otra manera, aun siendo solvente, probablemente no podría acceder a esa vivienda que le gusta.

¿Es aconsejable que el inquilino cuente con un seguro de hogar?, nos preguntó Ana.

Prestó mucha atención a las explicaciones que le dimos a su amiga Alexandra y quiso saber si contratar un seguro de hogar es una decisión recomendable para su inquilino. Sin duda alguna, incluso aunque el propietario del inmueble disponga de una póliza para la protección de su vivienda. La ley establece que el inquilino tiene la responsabilidad de mantener la vivienda en buen estado y en las mismas condiciones en las que se te alquiló. Además, si no cuenta con la protección de este tipo de pólizas, su patrimonio personal estará comprometido, en caso de que tenga que hacerse cargo de los desperfectos causados y enfrentarse a posibles reclamaciones e indemnizaciones por daños a terceros.

Además, los seguros alquiler y los de hogar son un gasto deducible.

Aunque es un beneficio fiscal bastante desconocido, las primas de los seguros que protejan la casa, ya sean de hogar o de impago del alquiler son un gasto deducible.

En el momento que se tenga suscrita un seguro de alquiler el propietario podrá deducir el importe de la prima a partir de los rendimientos de capital inmobiliario hasta el 100% de la prima, aunque el porcentaje máximo varía dependiendo de la Comunidad Autónoma donde se encuentre el inmueble.

Para poder desgravar el seguro de hogar, este tiene que estar vinculado a una hipoteca que tenga derecho a la deducción en vivienda habitual y cubiertos, al menos, los riesgos mínimos. Así lo establece el Real Decreto 716/2009 de regulación del mercado hipotecario. Asimismo, los autónomos podrán deducir la parte correspondiente a la parte de la casa que se utiliza para realizar la actividad profesional.

¿Vas a alquilar tu vivienda y necesitas un buen seguro de alquiler?

Quizá recibas ofrecimiento de empresas de servicios que afirman garantizar las rentas y los daños al inmueble. Comprueba que efectivamente sea a través de una póliza de seguro, es el instrumento que está supervisado y controlado por la Dirección General de Seguros para dar plena seguridad y eficacia.

La Correduría de Seguros José Silva, además de ser experta en la comparativa de seguros, goza de todas las garantías necesarias ya que nuestra actividad está integrada en el marco colectivo de la Asociación Profesional COJEBRO, el Colegio Profesional de Mediadores de Seguros de Madrid y el organismo internacional BIPAR, entidades que velan por los intereses de los consumidores de seguros.

No lo dudes, ponte en contacto con nosotros., estudiaremos tu caso particular y te ofreceremos un seguro de alquiler a la altura de tus necesidades, con todas las garantías profesionales y claridad en los contratos.

© José Silva Correduría de Seguros 2022.

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