Cada vez más Comunidades de Propietarios se están animando a realizar actividades lúdicas en sus instalaciones y espacios comunes, especialmente enfocadas a la diversión de los más pequeños del edificio. En muchas ocasiones la comunidad opta por el alquiler de camas elásticas y castillos hinchables a empresas de animación o de ocio y tiempo libre, ya que es una manera práctica de realizar celebraciones de cumpleaños o entretenimiento en general.
Aunque este tipo de actividades lúdicas pueden ofrecer beneficios como la comodidad, aprovechamiento del entorno cotidiano de los niños y fomento de las relaciones entre vecinos de la comunidad, no están exentas de riesgos y peligros, tanto para los menores como para la propia comunidad. Según la Asociación Española de Pediatría (AEP), los menores son especialmente vulnerables a sufrir lesiones y heridas en las camas elásticas y fracturas y esguinces en castillos hinchables. De hecho, datos de la Guía de la Alianza Europea para la seguridad infantil indican que cada año en la UE se producen más de 51.000 lesiones en menores de 14 años en atracciones de este tipo.
Toda Comunidad de Propietarios que tenga planeado realizar actividades lúdicas en sus instalaciones comunes, cuenten o no con camas elásticas y castillos hinchables, ha de tener en cuenta una serie de medidas preventivas que explicamos a continuación.
¿Qué medidas previas debe tomar la Comunidad de Propietarios si va a realizar una actividad lúdica en sus instalaciones?
La instalación de camas elásticas o castillos hinchables en los espacios comunitarios de la finca supone la utilización de un elemento común para un fin privativo. Si es un uso temporal o se trata de un arrendamiento, en nuestra opinión , conforme al párrafo segundo del art. 17.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, el acuerdo necesario sería el de las tres quintas partes de la totalidad de cuotas y propietarios en Junta. Cuando se adopte el acuerdo conviene determinar claramente si estas actividades lúdicas las organiza y contrata la comunidad o si por el contrario se concede autorización a un propietario o grupo de propietarios. Se debe determinar su desarrollo puntual o generalizado y el grado de responsabilidad en caso de accidente grave o simples incidentes con daños, exonerando a aquellos propietarios que se queden al margen. También es necesario incluir una partida de gastos para reparaciones en caso de carecer de seguro para tal fin.
La Comunidad de Propietarios, o por delegación el Administrador de Fincas, deberá exigir a la empresa contratada para la realización del evento toda la documentación relativa a la seguridad social, además de comprobar que disponga de un seguro de accidentes, un seguro de responsabilidad civil y un seguro médico.
También es indispensable que la Comunidad de Propietarios revise el alcance de la cobertura de su seguro multirriesgo o del seguro de responsabilidad civil para el caso de celebración de eventos en zonas comunes. En hipotético siniestro, si el servicio es contratado directamente por la comunidad, la responsabilidad recaerá sobre la misma. Si es contratado por determinados propietarios estos serán los directamente responsables, por lo que serán quienes contraten el seguro de responsabilidad civil. La falta de control puede ocasionar una responsabilidad “in vigilando” de la Junta de Gobierno.
Riesgos por el uso de camas elásticas y castillos hinchables.
Las camas elásticas y castillos hinchables son atracciones muy populares. Su utilización colectiva incrementa el riesgo de accidentes infantiles, con lesiones en distintas partes del cuerpo, ya que los menores son especialmente vulnerables.
Por estos motivos la AEP recuerda que es muy importante que los menores conozcan las normas de uso de estas atracciones y siempre estén supervisados por personal cualificado cuando las utilicen.
Los accidentes más comunes son las caídas y los choques entre niños y niñas de distinta edad y complexión. Pero los desplazamientos de la atracción debido a un mal anclaje y las ráfagas de viento u otros fenómenos climatológicos pueden provocar que los niños salgan despedidos. Por lo tanto, es un factor que se debe tener muy en cuenta por su potencial gravedad.
Normas de seguridad para castillos hinchables y camas elásticas en Comunidades de Propietarios.
Para evitar o al menos reducir los peligros de este tipo de atracciones, la Comunidad de Propietarios puede adoptar las siguientes indicaciones:
- Estas atracciones deben de ser montadas y desmontadas por personal cualificado de la empresa contratada.
- Se deben colocar sobre una superficie plana y sin elementos que sobresalgan.
- Debe situarse lejos de ramas de árboles y tendidos eléctricos y ha de respetarse un perímetro de seguridad de al menos un metro.
- Si se montan en interior, deben situarse alejados de paredes y varios metros por debajo del techo.
- La entrada y salida de las atracciones han de estar siempre despejadas.
- No se deben usar con zapatos, joyas, gafas, juguetes… y tampoco comer o beber en las mismas.
- No debe subir ningún tipo de mascota.
- No está permitido hacer acrobacias ni juegos bruscos y se debe comunicar a los niños que se mantengan alejados de la entrada y de los bordes.
- En caso de meteorología adversa (lluvia, viento…), se debe detener la actividad inmediatamente.
- Comprobar si es necesaria licencia de actividad, que se cumplan los requisitos que fija la norma UNE-EN 14960:2014 y contratar un seguro de responsabilidad civil. Correrá a cargo de quien contrate el servicio, ya sea la comunidad o un grupo de propietarios.
¿Tenéis planeado realizar actividades lúdicas en vuestra Comunidad de Propietarios?
Si la respuesta es afirmativa, debéis tener en cuenta que los seguros de Comunidades de Propietarios del edificio, habitualmente, no contemplan en sus condiciones generales dichas actividades. Por lo tanto, su realización puede llegar a ser considerada una agravación del riesgo con las consecuencias que ello conlleva para la cobertura de seguro. Por estos motivos es muy recomendable suscribir un seguro específico para esta actividad, que también puede dar cobertura al riesgo de cancelación o suspensión del evento.
En José Silva Correduría de Seguros somos expertos en la comparativa de seguros, si vais a realizar cualquier actividad lúdica en las zonas comunes de vuestra comunidad no dudéis en poneros en contacto con nosotros. Os informaremos y orientaremos sobre las pólizas necesarias. Hacemos fácil lo complejo.
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