Caso real seguros de empresa

EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL

Coincidiendo con la entrada en vigor del Grupo 2 del Nivel de Prioridad y la publicación de las fechas del Grupo 3 relativas a la responsabilidad medioambiental, las empresas afectadas han manifestado un lógico y creciente interés en este ámbito. En consecuencia, nos llegan muchas consultas respecto a la afectación de la responsabilidad medioambiental. Al ser un tema recurrente que las empresas deben afrontar con seguridad, nos decidimos a escribir sobre ello. ¿Realmente sabes cómo afecta esta Ley a tu empresa? ¿Sabes que el seguro de responsabilidad medioambiental es el único instrumento reconocido en el que se transfiere el riesgo? Y no solo eso, sino que además:

  • Prolonga por sí solo la cobertura durante dos o tres años, tras la cancelación de la póliza.
  • Ofrece sumas garantizadas muy difíciles de conseguir con otros instrumentos.
  • La más importante: presta el servicio de resolución del siniestro, amparando al asegurado en todo el proceso de reparación del daño medioambiental.

La Conferencia de la ONU sobre el Cambio Climático, también conocida como COP25, que se celebró en Madrid el pasado mes de diciembre ha reunido a delegados y representantes de gobiernos con el fin de encontrar vías y soluciones para luchar contra una emergencia climática que empeora cada día y ya tiene efectos negativos sobre las vidas de las personas en todos los rincones del mundo.

Reforzar el cumplimiento del Acuerdo de París y tomar medidas asequibles y escalables que permitirán dar el salto a economías más limpias y resilientes, son las únicas soluciones para contrarrestar los impactos de un cambio climático que ya está teniendo consecuencias muy reales en la vida de las personas. Es por ello que además de aplicar las políticas y acciones colectivas destinadas a sensibilizar a la población mundial en materia de sostenibilidad y medio ambiente, las empresas y su impacto en la naturaleza deben convertirse en una pieza clave e indispensable a la hora de actuar contra el temido cambio climático.

La responsabilidad medioambiental.

La preocupación que sentimos por el medio ambiente ha propiciado cambios importantes en nuestra sociedad, uno de los más importantes ha sido la introducción y el desarrollo del concepto de responsabilidad medioambiental, que sirve para evaluar hasta qué punto nuestras prácticas ayudan al equilibrio de los ecosistemas de nuestro planeta.

La responsabilidad ambiental recae tanto en los individuos como en las sociedades, pero sobre todo debe estar asociada al sector productivo. Es imprescindible que las empresas se impliquen a llevar a cabo prácticas sostenibles que, por un lado, garanticen el equilibrio del medio ambiente y, por el otro, contribuyan al desarrollo social de las regiones en las que operan. Para lograr estos objetivos es necesario poner en marcha medidas de prevención y reparación de los daños medioambientales que ocasionen, devolviendo los recursos naturales dañados al estado en el que se encontraban previamente.

¿Cuál es responsabilidad medioambiental de las empresas?

La creciente preocupación y sensibilización de la sociedad por la preservación del medio ambiente en los últimos años ha hecho que se vigile con detalle la responsabilidad ambiental de las empresas. En nuestro país, el Real Decreto 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, se encarga de regular la responsabilidad de los operadores, de prevenir, evitar y reparar los daños medioambientales, de conformidad con el artículo 45 de la Constitución y con los principios de prevención y de “quien contamina paga”.

Esta ley establece un nuevo régimen de reparación de daños medioambientales de acuerdo con el cual los operadores que ocasionen daños a los recursos naturales o amenacen con ocasionarlo, deben adoptar las medidas necesarias para prevenirlos o, cuando el daño se haya producido, para limitar o impedir mayores daños medioambientales, así como devolver los recursos naturales dañados al estado en el que se encontraban antes de que se produjese el daño. Los recursos naturales protegidos por esta ley son los que están recogidos en el concepto de daño medioambiental, es decir: los daños a las aguas, los daños al suelo, los daños a la ribera del mar y de las rías, y los daños a las especies de la flora y de la fauna silvestres presentes permanentemente o temporalmente en España, así como a los hábitats de todas las especies silvestres autóctonas.

¿Qué obligaciones debe asumir una empresa en materia de responsabilidad ambiental?

La Ley de Responsabilidad Medioambiental obliga a las empresas a llevar a cabo medidas que prevengan, eviten y reparen daños ecológicos, así como a sufragar costes cuando sean responsables de los mismos. Por otro lado, también determina la obligación de informar de manera inmediata a la autoridad competente de la existencia de daños medioambientales ocasionados o su amenaza inminente. Del mismo modo, la ley también establece la obligación de fijar medidas reparadoras y ejecutar las que adopte la Administración.

Pero la responsabilidad medioambiental, además de ser un deber legal para las empresas, puede convertirse en una estrategia de gestión que mejore su eficiencia e incluso sus beneficios, si se preocupan en aplicar las siguientes medidas básicas:

  • Es crucial la presencia y el compromiso de la dirección para incorporar medidas que eviten o mengüen el impacto de la actividad en el medio ambiente.
  • Realizar un diagnóstico medioambiental para conocer e interpretar el impacto de la empresa en el medio ambiente.
  • Fijar un plan de gestión ambiental donde se definan los objetivos que quiere alcanzar la empresa en materia medioambiental.
  • Realizar un programa de acción que englobe las actuaciones que la empresa llevará a cabo para garantizar la protección del medio ambiente.
  • Crear documentos con la evaluación y rendición de cuentas donde se debe medir y valorar si las acciones llevadas a cabo están teniendo o han tenido algún tipo de repercusión.
  • El uso de canales de comunicación debe estar dirigido a comunicar los objetivos, actuaciones y logros corporativos, como a recibir las peticiones y reclamaciones de los posibles colectivos afectados.
¿Cualquier empresa está sujeta a la responsabilidad medioambiental?

Sí, sea cual sea su actividad. Cualquier empresa que dañe un hábitat está obligada a restituirlo a su estado básico. Además, aquellas actividades que supongan un riesgo más intenso por fabricación, utilización, almacenaje transformación, envase o transporte de sustancias peligrosas, están obligadas a realizar un análisis de riesgos ambientales y suscribir una garantía financiera.

¿Qué es una garantía financiera?

La garantía financiera es un instrumento que permite a la empresa hacer frente a su responsabilidad medioambiental de restituir el medio natural a su estado de origen tras una emergencia ambiental. Se calcula a partir de la realización de un análisis de riesgos medioambientales que debe identificar los posibles escenarios accidentales y cuantificar el daño medioambiental generado en cada escenario. Por medio de esta garantía, la Ley de Responsabilidad Medioambiental pretende asegurar que la empresa puede disponer de recursos económicos suficientes para hacer frente a los costes derivados de la adopción de medidas de prevención o reparación de los daños medioambientales.

Una vez calculada y verificada, la garantía financiera obligatoria puede tener cualquiera de las siguientes formas:

  • Una Reserva Técnica mediante la dotación de un fondo «ad hoc».
  • Un Aval concedido por alguna Entidad financiera autorizada.
  • Una Póliza de Seguro específica para la Responsabilidad Medioambiental.
¿Qué es un seguro de responsabilidad medioambiental?

El seguro de responsabilidad medioambiental es el encargado de cubrir los daños y perjuicios por la introducción o dispersión de materias o sustancias en tierra, agua o aire que produzcan un deterioro en el medioambiente o resulten peligrosos y dañinos y tengan su origen en las instalaciones de la empresa asegurada.

Además de incluir las coberturas exigidas por la ley como los costes de reparación primaria, complementaria y compensatoria, contemplan otras adicionales como pérdida de beneficios, responsabilidad civil por contaminación, defensa y fianzas.

Por si esto fuera poco, la suscripción de una póliza medioambiental es, sin duda, la mejor opción para obtener la garantía financiera que exige la Ley de Responsabilidad Medioambiental, ya que libera y no compromete la capacidad económica de la empresa y, además, le aporta la cobertura de gastos de defensa y fianzas que de otra manera no tendría.

El seguro de responsabilidad medioambiental de la Correduría José Silva.

Desde la Correduría de Seguros José Silva no solo ofrecemos el mejor seguro de responsabilidad medioambiental, sino también nuestra amplia experiencia. Recibirás una inmejorable atención, llevada a cabo por un equipo de profesionales que resolverá todas tus dudas y te brindarán toda la información que puedas necesitar, así como implicación y ayuda. No lo dudes, ponte en contacto con nosotros, estudiaremos tu caso particular y te ofreceremos la póliza que tu empresa se merece. Aquí tienes un resumen de coberturas:

  • Costes de subsanación propios: Costes de limpieza ocasionados al Asegurado tras descubrir él mismo que existe contaminación en su terreno.
  • Costes de subsanación impuestos: Costes ocasionados al Asegurado cuando la limpieza viene impuesta por las autoridades reguladoras o es exigida por terceros.
  • Responsabilidad Legal: Reclamaciones por Daños Corporales, Daños Materiales e Inmisiones, molestias u obstrucciones.
  • Responsabilidad derivada del transporte: Reclamaciones por Daños Corporales, Daños Materiales, molestias u obstrucciones.
  • Interrupción de la Actividad de negocio (lucro cesante) a consecuencia de una Situación de Contaminación.
  • Costes de Prevención: Costes necesaria y razonablemente incurridos por el Asegurado para la neutralización, aislamiento o eliminación del riesgo real e inmediato de que se produzca una Situación de Contaminación.
Un caso real de nuestra correduría.

Además de otras actividades, los talleres, campos de golf, clubs náuticos, hospitales, plantas de reciclaje e instalaciones de combustión tienen obligaciones medioambientales y en uno de ellos precisamente tuvimos un caso importante.

En una Comunidad de Propietarios del centro de Madrid, con más de 250 viviendas, se produjo, durante la madrugada de un fin de semana, la rotura de un depósito de combustible con capacidad para 50.000 litros. El fuerte olor alertó a varios vecinos de la zona. Prácticamente se derramaron más de 20.000 litros. La buena organización de los servicios de mantenimiento de la finca evitaron daños de mayor envergadura, pero resultó inevitable la contaminación de diversos pozos y canalizaciones colindantes sin que afectasen al agua potable ni especies animales.

Los gastos de subsanación rondaron los 8.000 euros y las reclamaciones recibidas por olores y limpieza de conductos entorno a los 4.000 euros. En todo momento estuvimos respaldados por la compañía aseguradora. A la Junta de Gobierno de la Comunidad de Propietarios le costaba comprender que el consejo profesional de la Correduría les hubiese liberado de un siniestro que podría haber tenido un coste enorme para todos los propietarios, especialmente después de saber que esta garantía únicamente les suponía una prima de 600 euros anuales. Estamos orgullosos de servir a nuestros clientes.

¿Cumple tu empresa con las normativas medioambientales?

Incluso las medianas o pequeñas empresas tienen potencial para generar daños medioambientales cuya reparación tenga un coste superior a su capacidad económica, por lo que deben poseer un seguro de responsabilidad medioambiental que les proteja. A veces se confunde la responsabilidad medioambiental con los daños por contaminación accidental, son conceptos bien distintos. Si tienes alguna duda o pregunta déjanos a continuación un comentario o escríbenos a nuestra dirección de correo josesilva@josesilva.es. También puedes contactarnos a través de nuestra página web o llamándonos al teléfono 915353009. Estaremos encantados de ayudarte.

© José Silva Correduría de Seguros 2020.

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