Caso real seguros personales

¿ME CONVIENE UN SEGURO DE RENTAS VITALICIAS?

Cada vez más personas apuestan por los seguros de renta vitalicia como fórmula de mantener un óptimo nivel de vida tras la jubilación. Tanto es así, que según datos de la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA) las rentas vitalicias aseguradas ganan terreno como espectacular sistema para transformar nuestros ahorros en una fuente garantizada de ingresos vitalicios.

A medida que se acercaba su jubilación, Carlos tenía dudas sobre si la pensión y los ahorros serían suficientes para mantener el ansiado bienestar. Buscaba un producto que tuviera un buen tratamiento fiscal y le proporcionase una rentabilidad sin asumir un riesgo elevado. Después de un par de reuniones con él y su esposa, mostraron interés por los seguros de renta vitalicia como fórmula de eludir el máximo de tributación. Vendieron algo de su patrimonio y reinvirtieron 250.000 euros para evitar la plusvalía. Y es que la Agencia Tributaria permite convertir cualquier ganancia patrimonial en una renta vitalicia. Esto incluye desde las ganancias en fondos de inversión, acciones e incluso la venta de una vivienda. Una operación redonda.

¿No conoces los seguros de renta vitalicia? No te preocupes, desde nuestra correduría vamos a ofrecerte toda la información necesaria sobre este magnífico producto de seguro, muy adecuado para personas que deseen complementar su pensión de jubilación al dosificar su ahorro en forma de rentas.

¿Qué es una renta vitalicia?

Un ingreso periódico para toda la vida. En el ámbito asegurador, se trata de un seguro de vida-ahorro que se puede adquirir mediante una prima única, por ejemplo, cuando se cobra el plan de pensiones, percibes una indemnización, te visita la fortuna o heredas alguna cantidad de dinero. También se puede comprar mediante cuotas periódicas. En el momento de comenzar a cobrarla conoceremos de antemano la cuantía y el interés mínimo que percibiremos durante toda la vida del producto o un determinado plazo. Es habitual que se incluya una cobertura por fallecimiento a favor de los beneficiarios designados.

Tanto Carlos como su cónyuge lo vieron como un producto atractivo para ellos, una vez jubilados, porque la pensión de la Seguridad Social no alcanzaba los ingresos que necesitaban. Como en cualquier otro seguro de vida, la cantidad que cobrarían como renta dependerá de la cifra aportada (cuanto mayor sea, mayores serán los beneficios), así como de los siguientes factores:

  • Edad en el momento de la contratación.
  • Sexo.
  • Esperanza de vida.
  • Tipo de seguro de renta vitalicia contratado.

¿Por qué se decidieron por el seguro de renta vitalicia?

  • Porque vieron un producto absolutamente personalizable para cada persona en función de su edad, prima desembolsada, periodicidad con la que desea recibir el dinero, tipo de interés pactado, modalidad de renta vitalicia contratada, etc.
  • Les permite recibir una renta asegurada periódicamente, estable, conocida de antemano, hasta que fallezcan.
  • Las rentas o pagos recurrentes no dependerán de la evolución de los mercados financieros. Contrataron dos seguros: uno con interés pactado y otro revisable cada seis meses.
  • Pudieron elegir entre un titular o a dos titulares y la renta se les abonará mientras uno de los dos viva. El seguro de defunción se paga cuando fallece el último asegurado, excepto en la modalidad de capital cedido.
  • Les interesó mucho las importantes ventajas fiscales que veremos más abajo.
  • Son conscientes de que en caso de necesitar la ayuda de terceras personas, si se presenta una situación de dependencia, la renta vitalicia les permitirá disponer de unos ingresos adicionales para cubrir los gastos extraordinarios.
  • Las rentas vitalicias también les alumbraron otras opciones que pudieran ser de su interés a la hora de planificar la herencia, como por ejemplo el capital a fallecimiento o la reversión de la renta.

Todas estas características les decantaron por las rentas vitalicias, pero otro público objetivo de estos instrumentos pueden ser padres y tutores que quieran dejar parte de los recursos a los hijos de una forma tutelada a su fallecimiento.

¿Cómo tributan las rentas vitalicias?

Como afirmamos anteriormente, la fiscalidad de las rentas vitalicias fue uno de los puntos fuertes que Carlos y su familia tuvieron en cuenta, ya que no pagarán impuestos por todo el ahorro que asignen. Solamente pagarán por una parte y cuando más años cumplan, mayor será el ahorro:

  • 40%, cuando tengas menos de 40 años.
  • 35%, cuando te encuentres entre 40 y 49 años.
  • 28% cuando tengas entre 50 y 59 años.
  • 24%, cuando te encuentres entre 60 y 65 años.
  • 20% cuando tengas entre 66 y 69 años.
  • 8% con más de 70 años.

Además, en el caso que se haya contratado un seguro de renta vitalicia para dos personas con cobertura de fallecimiento incluido, tras la muerte del primer asegurado la renta mensual que cobra el cónyuge superviviente está exenta en su IRPF, aunque la transmisión de los derechos sobre la póliza debe tributar en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones por la provisión transmitida.

¿Te preocupa tu jubilación?

La planificación de la jubilación variará en función de cada persona, ya que cada uno de nosotros tenemos unos deseos y objetivos únicos y nos rodea una situación y circunstancias particulares. Desde la Correduría de Seguros José Silva te ofreceremos una atención personalizada para que encuentres el producto de ahorro que más te conviene. Estamos seguros de que te sentirás plenamente satisfecho, como Carlos.

© José Silva Correduría de Seguros 2022.

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