seguros personales

SEGUROS DE ALQUILER EN TIEMPOS DE PANDEMIA

Recientemente una sentencia judicial emitía un fallo en el cual se obligaba al inquilino a pagar los daños causados por un incendio originado en un enchufe del cargador de su móvil. Asimismo, en otra sentencia se condenaba al propietario de un inmueble arrendado a pagar al inquilino los gastos de alquiler de una habitación de hotel, gastos de manutención y daños en bienes personales a causa de una rotura de agua privativa de la vivienda que le obligó a desalojar temporalmente su casa.

En un contexto como el actual, donde la pandemia de coronavirus continua afectando drásticamente a la economía de nuestro país, el mercado del alquiler también se encuentra perjudicado y debe ser consciente que se encamina hacia una nueva etapa. Este cambio de tendencia, que sin duda estará influido por la situación económica o laboral presente y futura, se verá también marcado por otros factores como la vuelta de los pisos turísticos al alquiler tradicional ante la falta de demanda, las cláusulas Covid, el exceso de oferta o el cambio en las preferencias de los inquilinos; pero sobre todo por un previsible e imparable aumento de la morosidad. Tanto el constante crecimiento del desempleo como la inactividad o grandes pérdidas de ventas y casi nulos beneficios de muchos negocios serán las causas de que así suceda.

Aunque el Gobierno ha ampliado hasta el 31 de diciembre de 2021 el plazo para la concesión de ayudas al alquiler por vulnerabilidad motivada por la Covid-19, destinadas a personas en situación de desempleo, afectados por un ERTE o trabajadores autónomos cuyos ingresos se hayan visto reducidos, para los propietarios no se ha contemplado ningún tipo de ayuda directa. Podría darse el caso de que el arrendatario no cumpliese con todos los requisitos del Gobierno o que las ayudas tardasen un tiempo en ser abonadas y el arrendador quedase así totalmente desprotegido.

¿Qué puede hacer el propietario de la vivienda para prevenir esta situación? Teniendo en cuenta que entre el 75% y el 90% de las viviendas en régimen de alquiler existentes en España está en manos de propietarios particulares, que en estos momentos de incertidumbre pueden ver cortada una importante fuente de ingresos y, por lo tanto, necesitan de un extra de protección, ¿existe alguna solución para estos casos?

La respuesta es afirmativa, ya que en el mercado asegurador existen compañías de seguros que ofrecen la contratación de un tipo de pólizas que garantizarán al propietario las rentas del alquiler de un inmueble sin que ello le conlleve ningún tipo de riesgos ni preocupaciones: los seguros de alquiler de viviendas.

¿Qué es un seguro de alquiler de viviendas?

El seguro de alquiler, también conocido como seguro de impago, es una póliza destinada al arrendador de una vivienda o local, que cubre los impagos del alquiler, protege frente a los deterioros inmobiliarios y el robo del continente del inmueble que puedan ser causados por el arrendatario y le brinda asistencia jurídica ante posibles conflictos civiles o penales con el inquilino. Además de estas coberturas básicas, este tipo de seguro también puede incluir otras garantías como por ejemplo impago de suministros, impago de alquiler a causa del incendio en la vivienda, limpieza del inmueble tras la marcha del inquilino, etcétera.

Otra de las grandes ventajas de esta póliza es que puede deducirse de los rendimientos íntegros. En el momento que se suscribe una póliza de estas características se podrá deducir el importe de la prima a partir de los rendimientos de capital inmobiliario hasta el 100% de la prima, aunque el porcentaje máximo varía dependiendo de la Comunidad Autónoma donde se encuentre el inmueble.

¿Qué aporta un seguro de alquiler durante la pandemia?

En estos tiempos difíciles la contratación de un seguro de alquiler ofrece tranquilidad y confianza al propietario y garantía al inquilino, ya que:

  • Es un filtro para elegir al inquilino, ya que antes de formalizar el contrato de alquiler, la compañía aseguradora hará un estudio de viabilidad al candidato para comprobar que es solvente en ese momento. Al mismo tiempo es una garantía con un coste fijo y de contratación sencilla.
  • En el caso de que se produzca el impago del alquiler, garantiza ser indemnizado con el importe pendiente de la renta por lo que no se producirá una pérdida de ingresos. Asimismo, la aseguradora agilizará el trámite de recuperación de la vivienda y soportará los gastos legales que comporta.
  • Brinda cobertura frente a daños al continente y al contenido causados por el inquilino por actos vandálicos, e incluso con una garantía de reacondicionamiento de la vivienda.
  • Da cobertura por los gastos de suministros impagados como agua, luz y gas.
  • Cuenta con un excelente paquete de medidas de apoyo legal gratuito para la reclamación o defensa.
¿Cómo contratar un buen seguro de alquiler?

Ante todo se debe ser precavido, ya que como advierten desde el Observatorio Español del Seguro del Alquiler (OESA), la comercialización de seguros no regulados de impago del alquiler ha crecido de manera espectacular en los últimos años. Por este motivo, a la hora de contratar un seguro de alquiler es necesario que contemos con la colaboración de una correduría de seguros, es decir, un mediador especializado, independiente e imparcial, que nos recomendará las mejores pólizas, con todas las garantías profesionales y claridad en cláusulas y contratos.

La Correduría de Seguros José Silva, además de ser experta en la comparativa de seguros, goza de todas las garantías necesarias ya que su actividad está controlada por la Dirección General de Seguros e integrada en el marco colectivo de la Asociación Profesional COJEBRO, el Colegio Profesional de Mediadores de Seguros de Madrid y el organismo internacional BIPAR, entidades que velan por los intereses de los consumidores de seguros.

El seguro de alquiler de la Correduría José Silva.

Deseamos ofrecerte la mejor póliza del mercado, con la que sentirás tranquilidad en el momento de alquilar tu vivienda, y por ello te proponemos un seguro de alquiler modulable que, entre otras, incluye las siguientes garantías:

  • Defenderá y reclamará tus derechos, en vía judicial, en los conflictos directamente relacionados con el contrato de arrendamiento en vigor de las viviendas o locales descritos en la póliza y regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos.
  • Garantizará el proceso de desahucio por falta de pago o por obras no consentidas cuando seas el demandante, así como la reclamación de las rentas impagadas.
  • Defenderá y reclamará tus intereses como arrendador, tanto por vía amistosa como judicial, en caso de incumplimiento contractual de otras aseguradoras privadas y del Consorcio de Compensación de Seguros.
  • Defenderá tu responsabilidad penal como arrendador o subarrendador de la vivienda o local descrito en el contrato.
  • Reclamará, tanto por vía amistosa como judicial, los daños ocasionados a la vivienda o local designado en póliza y a los materiales y bienes ubicadas en su interior, incluso los causados dolosamente.
  • Tendrás a tu disposición un abogado para que te asesore telefónicamente sobre cualquier duda legal que como arrendador pueda surgirte.
Si soy inquilino, ¿qué seguro se encarga de mi protección?

Si éste es tu caso, debes tener en cuenta que arrendar una vivienda consiste en firmar un contrato con un tercero que establece unos derechos y unas obligaciones que tanto el propietario como el inquilino deben cumplir. Para evitar problemas futuros, posibles riesgos y vivir con la tranquilidad deseada en este tiempo de incertidumbre provocada por la pandemia de coronavirus es altamente recomendable que dispongas de un buen seguro de alquiler para inquilinos que te garantice la protección que te mereces.

Nos estamos refiriendo a una póliza multirriesgo que protege al arrendatario ante cualquier incidente que pueda producirse en la vivienda alquilada, como distintos tipos de siniestros (incendio, explosión, rayo, rotura, robo y daños por agua), problemas legales con otros vecinos o la propia comunidad de propietarios, así como con el arrendador. Además, este seguro de alquiler también se encargará de reparar o indemnizar el contenido de la vivienda que sea de tu propiedad, como por ejemplo el mobiliario, equipos electrónicos, los electrodomésticos y tus enseres personales, y de la responsabilidad civil, es decir, los posibles daños que puedas causar a un tercero. Cualquier daño en la vivienda tendrás que responder del mismo.

Así como el seguro del propietario le protege frente a los impagos de las rentas de alquiler, los seguros para inquilinos suelen incluir una cobertura de recuperación de fianzas que te garantiza su reclamación al arrendador de forma amistosa o judicial, y te respaldará si se produce esta situación, tanto para recuperar este dinero como para saber qué pasos legales seguir a la hora de reclamar. Por todos estos motivos, aun en el caso de que el propietario cuente con un seguro de alquiler para la vivienda en la que vives, seguirás necesitando contar con la protección que te brinda este tipo de pólizas.

¿Eres arrendador o arrendatario y necesitas un buen seguro de alquiler?

Cuéntanos tu caso. Compártelo con nosotros dejando a continuación un comentario o escribiéndonos a nuestra dirección de correo josesilva@josesilva.es y te solucionaremos cualquier duda y te ayudaremos a encontrar el mejor seguro de alquiler, adecuado a las particularidades de tu vivienda. También puedes contactarnos través de nuestra página web o llamándonos al teléfono 915353009. Estamos a tu entera disposición.

© José Silva Correduría de Seguros 2020.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

SHARE