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PROTECCIÓN JURÍDICA PARA COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

¿Cuántas veces tu Comunidad de Propietarios ha tenido que enfrentarse a una exclusión de un siniestro? ¿Cómo os habéis sentido cuando un reparador de la compañía de seguros os dejó un techo a colores? ¿Qué os argumentó el Administrador de Fincas ante la actitud de la aseguradora? ¿En alguna ocasión no os atrevisteis a reclamar a un vecino por el gasto que representaba?

Si has respondido afirmativamente a alguna de las anteriores cuestiones, no cabe duda de que tu Comunidad de Propietarios necesita contar con el respaldo que ofrece un buen Seguro de Protección Jurídica de Comunidades de Propietarios.

¿Qué es un Seguro de Protección Jurídica para CCPP?

Se trata de un producto especializado en defensa jurídica que garantiza hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir vuestra Comunidad de Propietarios como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, así como a prestarle los servicios de asistencia jurídica judicial y extrajudicial necesarios en situaciones como:

  • Conflictos de convivencia.
  • Impago de gastos, cuotas y derramas por obras.
  • Reclamaciones a empresas de servicios (ascensores, limpieza, vigilancia, mantenimiento), suministros (luz, agua, gas, telefonía) o de construcción y reformas, compañías de seguros, peritos y mediadores.

Son problemas habituales a los que una Comunidad de Propietarios tendría que hacer frente mediante derramas si carece de la cobertura que le garantiza este seguro, independiente de la póliza multirriesgo del edificio.

¿A quién cubre un Seguro de Protección Jurídica para CCPP?

Además de brindar un asesoramiento jurídico independiente e imparcial y ocuparse de defender las necesidades, derechos e intereses de la Comunidad de Propietarios, esta póliza se encargará de la protección jurídica de quien ejerce el cargo de presidente como representante legal de la finca, de los demás miembros de la Junta Rectora, e incluso del Administrador o Secretario-Administrador de la misma Comunidad, aunque no sea propietario, cuando actúe como miembro de la Junta de Propietarios.

¿Qué gastos garantiza el Seguro de Protección Jurídica para CCPP?

Nuestro Seguro de Protección Jurídica de Comunidades de Propietarios se encargará de de cubrir los siguientes gastos:

  • Los honorarios y gastos de abogado, que puede ser de elección libre.
  • Los derechos y suplidos de procurador, cuando su intervención sea preceptiva.
  • Los gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos, así como las actas, requerimientos y demás actos necesarios para la defensa de los intereses de la Comunidad de Propietarios.
  • Los honorarios y gastos de peritos necesarios.
  • Las fianzas exigidas para obtener su libertad provisional, avalar su presentación al acto del juicio, responder del pago de las costas judiciales, con exclusión de indemnizaciones y multas.
  • La defensa jurídica, ante la demanda formulada en su contra por un copropietario de la comunidad.
¿Qué coberturas ofrece el Seguro de Protección Jurídica a tu Comunidad de Propietarios?

Aunque las prestaciones básicas de un Seguro de defensa jurídica suelen comprender la asistencia jurídica telefónica, la gestión documental, la reclamación de daños y la defensa legal, nuestro Seguro de Protección Jurídica de Comunidades de Propietarios engloba además un extenso número de coberturas especialmente diseñadas para combatir los riesgos y amenazas a los que se puede enfrentar una Comunidad de Propietarios:

Defensa Jurídica:

  • La defensa de la responsabilidad penal por cualquier hecho que no tenga carácter intencional o doloso.
  • La defensa de la responsabilidad civil, tanto en procedimientos penales como civiles, cuando no exista un Seguro de Responsabilidad Civil o éste no surta efecto por encontrarse en situación de descubierto, rechace o insolvencia de su aseguradora.
  • La defensa ante la reclamación por parte de la aseguradora de responsabilidad civil, en ejercicio de su derecho de repetición, de las indemnizaciones pagadas al perjudicado o a sus herederos.

Derechos relativos al inmueble:

  • Reclamación al tercero responsable, de los daños ocasionados a las partes o elementos comunes del edificio, sus anexos, zonas comunales adyacentes, mobiliario, aparatos e instalaciones, incluso los causados dolosamente.
  • La reclamación a los vecinos situados a distancia no superior a 100 metros, por servidumbres de paso, luces, vistas, distancias, lindes y medianerías, por infracción de normas legales, emanaciones de humos, gases, higiene, ruidos persistentes, actividades molestas, nocivas o peligrosas.

Contratos de servicios:

  • Servicios de reparación, conservación o mantenimiento de los elementos comunes del inmueble, anexos e instalaciones fijas,
  • Colocación o sustitución de instalaciones fijas del inmueble y anexos, vigilancia y seguridad, limpieza, de profesionales titulados.
  • Incumplimiento de los contratos de suministros.

Contratos de seguros:

  • Incumplimiento contractual de otras aseguradoras y el Consorcio de Compensación de Seguros. Los seguros estándar no cubren la reclamación a la compañía de seguros del edificio.
  • Honorarios por los peritajes contradictorios.

Reclamación a propietarios por impago de gastos:

  • Generales, servicios, tributos, cargas y responsabilidades.
  • Ejecución de nuevas instalaciones, servicios o mejoras.

Adelanto de gastos reclamados judicialmente:

  • Al objeto de restablecer el presupuesto comunitario.
  • Asimismo, una vez efectuado el adelanto a la Comunidad de los gastos reclamados judicialmente, y agotados todos los recursos legales para el recobro, garantiza a la Comunidad de Propietarios el pago del importe no recobrado, con el mismo límite del anticipo previamente realizado.

Asistencia jurídica telefónica:

  • A disposición de la Comunidad de Propietarios un abogado, para que le informe telefónicamente, en prevención de cualquier litigio, sobre el alcance de los derechos que, con carácter general, asistan a la Comunidad y de la forma en que mejor puedan defenderse, a través del número de teléfono que consta en la tarjeta de Asistencia Jurídica.
  • Igualmente podrá utilizar la Comunidad de Propietarios los servicios, con carácter urgente, cualquier orientación o la intervención de un abogado.
¿Cómo contratar un buen Seguro de Protección Jurídica para tu Comunidad de Propietarios?

El Administrador de Fincas suele ser el encargado de la búsqueda y selección de los seguros necesarios para la comunidad, por lo tanto, para realizar esta tarea con la imparcialidad y profesionalidad que requiere su cargo, le resultará imprescindible la colaboración de una correduría de seguros es decir, un mediador especializado, independiente e imparcial, que realice un análisis objetivo y le recomiende las coberturas y las entidades que mejor se adapten a las necesidades del inmueble. Por este motivo, la Correduría de Seguros José Silva es la perfecta solución, ya que es experta en seguros de comunidades de propietarios y uno de los principales pilares en el asesoramiento de pólizas de seguros para los Administradores de Fincas, ofreciéndoles sus servicios desde el año 1990.

Un caso real de nuestra correduría:

Uno de los Administradores de Fincas que confía en nuestros servicios profesionales de mediación, nos trasladó hace quince días una carta de rechazo de un siniestro ocurrido en uno de los edificios que administra. Intentó utilizar la cobertura que aparece en el seguro multirriesgo con el título “ protección jurídica” y se encontró con una exclusión que le impedía reclamar contra la propia aseguradora. El asunto lo solventamos utilizando nuestro seguro de protección jurídica independiente con una primera gestión telefónica y un burofax al cabo de siete días. La compañía de seguros pagó el siniestro que la Comunidad de Propietarios tuvo que reparar por sus medios por importe de 975 euros.

¿Necesita o ha necesitado tu CCPP asesoramiento jurídico en alguna ocasión?

Cuéntanos tu caso, compártelo con nosotros. Deja a continuación un comentario o escríbenos a nuestra dirección de correo josesilva@josesilva.es. También puedes contactarnos través de nuestra página web o llamándonos al teléfono 915353009. Estaremos encantados de poder ayudaros a prevenir cualquier riesgo jurídico, estamos a tu disposición.

© José Silva Correduría de Seguros 2021.

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