
El gran apagón eléctrico del lunes 28 de abril que dejó sin suministro de energía a toda España, excepto las Islas Canarias, y Portugal, causó numerosos daños en aparatos y pérdidas económicas en muchos hogares, empresas y negocios. Electrodomésticos que no volvieron a funcionar, alimentos que se estropearon en las neveras y congeladores o incluso comercios que tuvieron que cerrar el resto de la jornada. Ante una situación tan poco previsible surge un clamor por saber quién hará frente a sus consecuencias ¿Se puede reclamar al seguro por el apagón eléctrico?
La buena noticia es que sabemos que muchos seguros de hogar, Comunidades de Propietarios y comercio incluyen coberturas para siniestros que tengan su origen en fallos de suministro eléctrico. Por ejemplo, si tras el corte de luz tu nevera dejó de funcionar y perdiste toda o parte de la comida, es muy probable que puedas recuperar su coste. Lo mismo ocurre si un aparato eléctrico fue dañado por una subida de tensión o si tu negocio tuvo que paralizar su actividad durante varias horas.
Aunque también es posible reclamar algunos daños directamente a la compañía eléctrica, lo más práctico es utilizar las prestaciones que ofrezca tu seguro. De hecho, muchas veces es la aseguradora la que se encarga después de gestionar esa reclamación con la empresa eléctrica, evitando que tengas que hacerlo tú mismo.
En este artículo te explicamos qué situaciones suelen estar cubiertas, cómo comprobar si tu póliza las incluye y qué pasos debes seguir para presentar una reclamación. Si tu caso no se encuentra entre ellos, siempre puedes contactar con nosotros. Si has sufrido daños por el apagón, sigue leyendo: es muy posible que tengas derecho a indemnizaciones que no sabías que podías reclamar.
Primeros pasos: revisa tu póliza y contacta con el seguro
Tras un apagón de esta magnitud, lo primero que debes hacer es consultar el alcance tu póliza de seguro, ya sea de la vivienda, del edificio o de un negocio, para comprobar si cubre daños por cortes de suministro eléctrico. Algunas pólizas contemplan este tipo de siniestros, aunque suelen establecer límites de indemnización, periodos de carencia, franquicias o condiciones específicas. Recuerda que solamente tendrás cobertura en los términos que establezcan las condiciones particulares y generales.
Por ejemplo, en el seguro de hogar multirriesgo es común encontrar coberturas para la pérdida de alimentos refrigerados, siempre y cuando el corte de luz haya sido prolongado. Algunos especifican un determinado número de horas, que suele ser mayor de seis. También es posible que incluya daños eléctricos, como los provocados por subidas de tensión al volver el suministro. Además, otros seguros incluyen una garantía de protección jurídica, lo que te da la oportunidad de que la aseguradora reclame en tu nombre a quién o quiénes sean responsables.
En Comunidades de Propietarios, puede presentarse averías en grupos de presión, elevadores, montacargas, grupos electrógenos, sistemas de video vigilancia u otras instalaciones comunes.
En este punto, contar con la ayuda de un profesional de la mediación en seguros como el corredor de seguros marca la diferencia. Te informará sobre las coberturas y cláusulas de tu póliza e incluso se encargará de todo el proceso para que recibas tu indemnización con agilidad. El servicio postventa es un valor de la correduría de seguros que garantiza que sus asegurados se sientan seguros y respaldados en todo momento. El compromiso con sus clientes hace que estos perciban un apoyo sólido en los momentos más difíciles.
¿Qué daños en el hogar se pueden reclamar al seguro?
Uno de los efectos más habituales tras un apagón prolongado como el del 28 de abril es la pérdida de alimentos y medicamentos que necesitan refrigeración. Si tu nevera o congelador estuvo varias horas sin electricidad y su contenido se echó a perder, puedes reclamar al seguro siempre que tu póliza incluya esa cobertura.
Para obtener resultados, es necesario documentar los hechos y sus consecuencias, tomar fotos y vídeos del estado de los productos y redactar una lista con el valor de lo perdido. Aunque no es imprescindible tener los tickets, cuanto más detallada sea la información, más fácil será justificar el daño. En otras ocasiones será imprescindible la verificación y tasación de los daños mediante un peritaje designado por la aseguradora.
Por otro lado, también puedes resarcirte de averías en electrodomésticos provocadas por una sobretensión, algo frecuente cuando la electricidad regresa de forma irregular. Si tu póliza carece de cobertura podrás reclamar directamente a la distribuidora eléctrica, cuyo contacto aparece en la factura de tu compañía comercializadora.
Ya sabes que los seguros no son homogéneos, que darán cobertura a lo que se haya contratado estrictamente y que, por norma general, los casos “de fuerza mayor” están fuera de su ámbito de cobertura.
¿Qué daños en mi negocio se pueden reclamar al seguro?
El apagón del 28 de abril no solo impactó a particulares: numerosas actividades económicas en forma de negocios y empresas también se vieron obligados a cerrar o interrumpir su actividad durante horas. Este hecho puede traducirse en pérdidas económicas importantes por daños en sus instalaciones y lucro cesante.
Si tienes contratado un seguro específico para tu empresa o comercio, es muy posible que puedas reclamar por los daños sufridos. Entre las coberturas más comunes están la pérdida de ingresos por interrupción de actividad, la pérdida de productos perecederos almacenados en frío, o incluso los daños en maquinaria y equipos eléctricos o electrónicos.
Cada póliza es “un traje a medida” por lo que es fundamental que te sientes con tu correduría de seguros para revisar, de todas las pérdidas sufridas, cuáles tienen cobertura y en qué términos concretos. La pérdida de beneficios es habitual que tenga una franquicia entre 12 a 48 horas de interrupción.
En el caso que nos ocupa, el parón tuvo una duración comprendida entre cuatro y veinticuatro horas, lo que puede suponer estar por debajo de la franquicia del contrato de seguro para solicitar la prestación de paralización de actividad.
¿El Consorcio de Compensación de Seguros se hará cargo?
No es aplicable en esta circunstancia, salvo que cuando podamos conocer la causa exacta, esta tenga relación con un acto de sabotaje o terrorismo. Debemos tener en cuenta también que el Consorcio de Compensación de Seguros no se hace cargo de los daños provocados por cortes eléctricos, a menos que estos estén causados por fenómenos naturales extremos (como tormentas o inundaciones).
Dado que el gran apagón eléctrico del lunes 28 de abril no parece haber tenido una causa por fenómenos atmosféricos, la cobertura dependerá del ámbito contractual de cada póliza concreta.
¿Y si no tengo seguro?
Si no tenías contratado un seguro de hogar, Comunidad de Propietarios, empresa o de comercio cuando ocurrió el apagón del 28 de abril, la situación se complica porque te has convertido en autoasegurador de tus riesgos. Y es que, sin una póliza en vigor, no puedes disponer del amparo del sector asegurador.
La única opción que te queda es la de reclamar directamente a la compañía distribuidora de electricidad. Pero este proceso suele ser complejo si no contratas los servicios de un letrado, ya que necesitarás orientación sobre pruebas claras y concisas de que los daños han sido consecuencia directa del apagón eléctrico.
El espectacular apagón del lunes 28 de abril pone de relieve nuestra fragilidad y la importancia de contar con el escudo protector del seguro. Siempre actualizado, bien organizado y con ayuda profesional ante imprevistos comunes u otras situaciones poco habituales, como un corte eléctrico prolongado. Un buen seguro marca la diferencia entre asumir pérdidas o recibir una compensación por ellas. Vivir o sobrevivir.
Si aún no tienes seguro al que trasladar tus riesgos, este puede ser el momento perfecto para tomar la decisión de proteger tu vida, tu empresa tu hogar, tu negocio o todos ellos. Ponte en contacto con nosotros. En José Silva Correduría de Seguros hacemos fácil lo complejo.
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