En pleno siglo XXI, con la disminución del servicio de portería en una gran parte de los edificios y el elevado coste de una conserjería, el videoportero es un elemento de gran valor en cualquier Comunidad de Propietarios. También de viviendas unifamiliares aisladas o que formen parte de un conjunto urbanístico. Su misión es la de dar acceso a las zonas comunes del edificio, sin tener que abandonar la propia vivienda. Lo más importante es que permiten controlar el paso al inmueble mediante una comunicación audiovisual entre el interior y el exterior. Por lo tanto, son un mecanismo de interlocución y seguridad en la Comunidad de Propietarios.
Un videoportero es un conjunto de software y hardware que consta de una placa exterior, ubicada estratégicamente junto a la entrada principal, equipada con pulsadores para realizar llamadas a las diferentes viviendas, una microcámara, un micrófono y un altavoz. Su situación externa la hace especialmente sensible a los actos vandálicos, robo y averías. También incluye un monitor, que se instala dentro de cada uno de los hogares individuales. Tiene una pantalla que muestra imágenes del exterior, un micrófono y un auricular para la conversación. Así como un pulsador para controlar el abrepuertas eléctrico de la entrada del inmueble y permitir el acceso.
Evolución de los videoporteros.
Los avances tecnológicos se han ido incorporando a las viviendas de nueva construcción, en consecuencia, los convencionales videoporteros analógicos se quedan algo obsoletos allí donde todavía no se acometieron obras de reforma. Sin embargo, siguen siendo una opción para muchas Comunidades de Propietarios debido a su bajo coste.
Los videoporteros digitales llevan la tecnología un paso más allá, mejorando significativamente la calidad del audio y video transmitido. La resolución de las imágenes es superior y la cámara tiene un campo de visión más amplio en comparación con los modelos analógicos. En caso de avería de las instalaciones analógicas existentes, la actualización a un sistema digital es un proceso que puede resultar atractivo.
Los videoporteros inalámbricos representan la vanguardia en tecnología de seguridad. Incorporan conexión a Internet a través de IP o redes wifi, permitiendo un control y acceso remoto desde cualquier parte a través de un ordenador o un smartphone. Este avance lleva las funcionalidades a un nivel superior, susceptible de ser objeto de deseo para “ladrones digitales”.
Beneficios de instalar un videoportero en una Comunidad de Propietarios.
La seguridad y tranquilidad son aspectos fundamentales que valoramos mucho en el interior de nuestra vivienda y en las zonas comunes de cualquier Comunidad de Propietarios. En este sentido, la instalación de un videoportero aporta beneficios. Otro atractivo de los videoporteros es la capacidad de visualizar a la persona que llama. Permite su identificación, con una reducción importante de costes en comparación al servicio prestado por un portero o conserje.
La funcionalidad de autoencendido, por sonido o cercanía, de algunos videoporteros permite a los residentes observar lo que sucede en el exterior sin necesidad de que alguien llame. Proporcionando información de lo que está sucediendo alrededor.
La digitalización de los datos en los videoporteros posibilita una comunicación codificada y segura. Incluso en situaciones en las que haya múltiples llamadas simultáneas. Esto asegura una comunicación clara y sin confusiones, manteniendo la privacidad de las interacciones.
Pero la instalación de videoporteros no solo contribuye a la seguridad, sino que también añade valor al edificio. Esto puede traducirse en un mayor aprecio por estas viviendas, convirtiéndose en un atractivo adicional para posibles compradores o inquilinos.
Incluso permiten la integración con sistemas de videovigilancia, extendiendo la cobertura de seguridad a otras zonas comunes como jardines, trasteros o garajes. Además, la posibilidad de unificación con sistemas domóticos tolera verificar todas las automatizaciones desde una única pantalla.
Riesgos de instalar un videoportero en una Comunidad de Propietarios.
Todo tipo de trabajo o tarea en una Comunidad de Propietarios conlleva riesgos, incluso la instalación de videoporteros. Por este motivo será necesario comprobar que la empresa o profesional instalador y mantenedor dispone de un seguro de responsabilidad civil que responda de los posibles daños a la propia comunidad y a terceros. Incumbe al Administrador de Fincas o quien ejerza el cargo de presidente su verificación.
Por otra parte, las averías y desperfectos de los videoporteros suelen ser una fuente de conflicto en las Comunidades de Propietarios. Principalmente por establecer a quién corresponde su reparación. Ante este punto es clave diferenciar dos partes claramente definidas: la comunitaria y la privativa. El Código Civil, en su Artículo 396, establece de manera específica el límite entre ambas, indicando que los porteros automáticos pertenecen a la comunidad, pero únicamente hasta la entrada al espacio privativo.
Esto implica que una vez dentro de la vivienda, los porteros o videoporteros son considerados elementos privativos y no forman parte de los elementos comunes. Por lo tanto, si la avería se localiza en el interior de una vivienda será la propiedad quien tenga que correr con los gastos del arreglo. Si se localiza en zona común será la comunidad. En ambos supuestos, el seguro multirriesgo, podría hacerse cargo de los gastos, si el hecho ocurrido forma parte de las coberturas contratadas.
En el caso de los videoporteros que permiten conexión a Internet a través de IP o redes wifi y la posibilidad de integración con sistemas domóticos o de vigilancia, debemos tener en cuenta los posibles ciberriesgos. Nos estamos refiriendo a los gastos por robo de datos u otras pérdidas que tengan su origen en la manipulación por medios digitales. Sus consecuencias no forman parte de los seguros, en general, salvo que se suscriban coberturas propias de un seguro de ciberriesgo bien diseñado en cuanto a prestaciones, limitaciones o delimitaciones.
Instalar un videoportero, ¿requiere un acuerdo de la junta?
Si, para llevar a cabo la instalación de un videoportero es necesario convocar una Junta de propietarios. En la cual debe constar en el Orden del Día la proposición y se tomará el acuerdo por mayoría simple de propietarios con derecho a voto para su aprobación.
Pero también debemos tener en cuenta que una instalación que presta servicio a toda la Comunidad de Propietarios, como la de videoporteros, tiene la condición de elemento común. Por tanto, la compañía aseguradora debe conocer de su existencia y añadir el coste de esta al valor asignado al edificio para que los daños que pueda sufrir estén amparados en idénticas condiciones que otras instalaciones. Es posible incluso que se pueda incluir dentro de una garantía específica.
Conviene recordar que es responsabilidad de la junta de gobierno y administradores de las comunidades actualizar su cobertura de seguro, poniéndolo en conocimiento de su correduría experta en seguros de comunidades. En la Correduría de Seguros José Silva hacemos fácil lo complejo.
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