La modalidad de Seguro Multirriesgo que suelen contratar las Comunidades de Propietarios es la única en la que se producen más número de siniestros que el de pólizas existentes. Esto es causado, según la Memoria Social del Seguro, por el elevado nivel de uso de los elementos comunes. Las aseguradoras se encargan de atender anualmente alrededor de 1,4 millones de percances en las instalaciones y servicios de los edificios residenciales. De estos datos podemos concluir que una comunidad media sufrirá, al menos, un percance al año. A continuación, vamos a conocer cuáles han sido los tipos de siniestros más habituales que se han producido en las Comunidades de Propietarios.
Daños por agua: el siniestro más habitual.
Según el último informe de Asociación Empresarial del Seguro (UNESPA), los daños por agua es el siniestro más habitual en las Comunidades de Propietarios de nuestro país. La mayor parte de estos percances están relacionados con goteras o problemas en general de bajantes, tuberías y conducciones de agua. Con más de 915.000 casos al año, uno cada 34 segundos, esta incidencia supone más de 950.000 euros de gastos diarios en reparaciones. Cinco veces más que la segunda fuente de siniestros en zonas comunes.
Como ejemplo, recordamos una comunidad que sufrió daños por inundación de agua en su portal a causa de la rotura de una tubería. Se necesitaron servicios de achique, reparación, albañilería, carpintería y pintura. El coste de los trabajos superó los 40.000 euros. ¿Qué harían los propietarios si el edificio no tuviera contratado un seguro multirriesgo con cobertura de daños por agua? Esta garantía permitió atender todos los desperfectos que se produjeron como consecuencia del hecho accidental, sin necesidad de incurrir en derramas.
El segundo puesto es para los fenómenos atmosféricos.
Con más de 175.000 percances anuales, uno cada tres minutos, los fenómenos atmosféricos se posicionan como el segundo tipo de siniestro más habitual en las Comunidades de Propietarios. La lluvia, la nieve, el granizo, el viento, la caída de rayos y las cada vez más comunes DANAS, originan más de 67 millones de euros anuales de gastos.
Para que una comunidad tenga la protección necesaria ante los daños de fenómenos atmosféricos, debe contar con una garantía básica u opcional que cubra los daños ocasionados por fenómenos climatológicos. En los casos que se den las condiciones contractuales para que los daños puedan ser considerados como siniestro extraordinario, será el Consorcio de Compensación de Seguros quien se haga cargo de ellos. Como en cualquier otra necesidad de recurrir al seguro, especialmente en estos casos, resulta de gran ayuda contar con el asesoramiento previo de una correduría de seguros. Incluso puede ocuparse de gestionar ante el Consorcio la solicitud de la indemnización por los daños, en calidad de representante del tomador o del asegurado.
La responsabilidad civil después del siniestro.
La Ley de Propiedad Horizontal, y el Código Civil establecen que los propietarios de un inmueble responderán de los daños a terceros. Dicho deber puede recaer en la junta directiva, en el presidente o en el Administrador de Fincas, ya que suya es la obligación de mantener el inmueble y sus instalaciones en condiciones de habitabilidad, así como prever y evitar daños a terceros. Esta responsabilidad civil se traslada a las aseguradoras en más de 83.000 casos al año (uno cada 6 minutos), con un gasto medio de 170.000 euros al día.
En nuestra dilatada experiencia de aseguramiento, uno de los casos por el cual recibimos más elogios ocurrió en un céntrico edificio de la capital de España. Se trató de la inundación de un gran supermercado, entre otras dependencias, cuyo coste final ascendió a 524.760 euros. Fue necesario un arduo trabajo de coordinación entre las distintas pólizas de seguro intervinientes. La Comunidad de Propietarios alabó especialmente nuestro empeño para convencerles, en el momento de la contratación, de la necesidad de incrementar la suma asegurada para la garantía de responsabilidad civil.
Pudieron observar la importancia de que la responsabilidad Civil sea lo suficientemente amplia en el Seguro Multirriesgo para Comunidades de Propietarios para que garantice el pago de las reparaciones e indemnizaciones por daños corporales, materiales o los perjuicios que de ellos se derivan, imputables a la comunidad y a sus representantes legales.
Roturas de cristales y otros materiales.
En las Comunidades de Propietarios se produce una rotura de cristales cada siete minutos y medio, lo que supone casi 50.000 euros de gastos diarios. El caso más relevante, en nuestra cartera de clientes, sucedió en una finca con fachada acristalada donde la compañía de seguros tuvo que indemnizar por la sustitución de un cristal de amplias dimensiones. Su coste ascendió a 12.160 euros a causa de la dificultad en los trabajos para su reposición.
Aumentan los daños eléctricos.
Los siniestros causados por daños eléctricos han experimentado un gran incremento, alcanzando la quinta posición en el ranking de siniestralidad de las Comunidades de Propietarios. Con más de 28.000 casos al año, uno cada 18 minutos y medio, suponen casi 40.000 euros de gastos diarios. Recientemente, una de las fincas que aseguramos, experimentó un suceso que pudo terminar en tragedia: el cuadro eléctrico se quemó por completo. Los daños ascendieron a la cantidad de 12.734 euros. Afortunadamente, ocurrió durante el día y no se vieron afectadas otras instalaciones de la finca porque no llegó a producirse llama.
Incendio en el edificio, el siniestro más devastador.
El espectacular incendio de Valencia que consumió un magnífico edificio de 14 plantas y causó 10 muertos refleja el asombroso impacto de las llamas y su peligrosidad. Si tenemos en cuenta que en nuestro país se originan más de 7.500 incendios anuales en edificios residenciales, uno cada hora y 10 minutos, nos daremos cuenta de que las medidas de prevención y la cobertura de incendios merecen una inversión sin regateo. Se trata de proteger el patrimonio al que dedicamos más esfuerzo económico en España para su adquisición. La cobertura de incendios es una garantía básica en las pólizas de seguro, es decir, su contratación es obligatoria, con los matices de cada aseguradora.
Recordamos otro caso en el que, a pesar de la rápida e intensa intervención de los bomberos, el fuego se propagó a otros inmuebles colindantes. Somos la correduría de uno de los edificios afectados, por lo que nos apresuramos a comunicar el siniestro a la aseguradora e intervinimos en la gestión para obtener un anticipo de medios económicos que permitiera a los vecinos trasladarse a hoteles. Una vez tasados los daños y reparado lo más necesario, los propietarios pudieron volver a sus viviendas. A continuación, comenzó la reclamación de responsabilidades. El coste del siniestro superó los 600.000 euros.
La trascendencia del seguro multirriesgo para Comunidades de Propietarios.
De media, cada dos minutos se produce un siniestro en alguna Comunidad de Propietarios. Supone un gasto que ronda los 5.000 millones de euros anuales en reparaciones e indemnizaciones, cifra que de no ser por la existencia del seguro multirriesgo para Comunidades de Propietarios, debería ser solventada por todos los copropietarios.
A la vista de los hechos conviene recordar que la única responsable de los daños propios y a terceros con origen en las instalaciones comunitarias es la figura de la Comunidad de Propietarios, pese a carecer de personalidad jurídica. Para no comprometer el patrimonio de sus dueños será claramente recomendable confiar en profesionales de la mediación en seguros en el diseño de un programa de aseguramiento.
Ponte en contacto con nosotros, somos expertos en pólizas para Comunidades de Propietarios. Hacemos fácil lo complejo.
© José Silva Correduría de Seguros 2024.
Juan
12 de abril de 2024Hola, buenos tardes, tengo una duda sobre lo que a continuación voy a relatar.
Soy dueño de una plaza de garaje comunitario. Al salir del garaje, y justo a la altura de la puerta de entrada, que se abre hacia un lado cuando accionas el mando a distancia, resulta que la puerta, una vez abierta y al cabo de unos segundos, vuelve a cerrarse de forma automática, con tan mala suerte que la puerta metálica colisionó con mi vehículo. El resultado fue que abolló la puerta del coche.
A raíz de lo ocurrido se realiza el correspondiente parte de siniestro ante la compañía aseguradora de la comunidad de propietarios, quien declinó su responsabilidad al comprobar su técnico que la puerta mecánica no cumplía la normativa de seguridad, al no tener instalado sensores que detectaran la presencia del vehículo, por lo que la comunidad de vecinos -propietarios de las plazas de garajes- asumieron la responsabilidad de los desperfectos ocasionados en mi vehículo.
Para el pago del daño sufrido la cdad. de propietarios, a través del administrador de fincas, aprobó una derrama extraordinaria, que deberán abonar los propietarios de las plazas de garaje, pero añade que incluido el que ha sufrido el daño. La duda que me surge es si el perjudicado, que soy yo mismo, debe asumir el pago de la cuota que corresponda, en función del porcentaje de participación, para hacer frente al pago de la reparación del daño sufrido en mi vehículo, o por el contrario no procede abonar dicha derrama por el ha sufrido el daño. Gracias. Un saludo
JoséSilvaSeguros
17 de abril de 2024Hola Juan, usted tiene la condición de propietario y tercero al mismo tiempo; En calidad del primero debería de contribuir como el resto, al pago del coeficiente que le corresponda, sin embargo, en diversos casos analizados, la justicia ha estimado que el perjudicado-propietario no tendrá que participar en la indemnización, sino recibirla. Siguiendo este criterio mayoritario, nuestra opinión es que usted debería de estar exento y su cuota-parte repartirla entre los demás propietarios. Confío haberle sido de ayuda. Saludos