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SEGURO DE VIDA Y SEGURO DE DECESOS: EN QUÉ SE DIFERENCIAN

Tanto el seguro de vida como el seguro de decesos se aplican sobre el mismo suceso, el fallecimiento de la persona asegurada. Aunque tienen ese objetivo común de preservar el patrimonio propio o familiar, no debemos confundirlos: el primero es un producto asegurador puro y el segundo se asemeja más a un servicio. Su principal distinción es que el seguro de vida ofrece una protección económica en caso de fallecimiento y también de invalidez o dependencia. El seguro de decesos está diseñado para atender los gastos inherentes al sepelio, con alguna prestación aseguradora adicional. Su precio también es distinto.

Como podemos observar, la finalidad de ambas pólizas varía significativamente. El seguro de decesos se centra específicamente en cubrir los gastos relacionados con el funeral y los trámites administrativos posteriores al fallecimiento. Por su parte, el seguro de vida garantiza una indemnización económica a los beneficiarios de la póliza, sean quienes sean.

Elegir entre un seguro u otro dependerá de las circunstancias personales y familiares, siempre teniendo en cuenta las múltiples diferencias de estas pólizas y que pueden llegar a ser complementarias mediante cláusulas adicionales que incluyan una partida para gastos de sepelio o indemnización por fallecimiento respectivamente. Para comprenderlo mejor, vamos a profundizar en las características más relevantes de cada uno de estos seguros.

Principales características de los seguros de vida y de decesos.

Seguro de vida:

  • Propósito: Dotar de una protección financiera amplia, mediante la compra de un capital que se materializa cuando la persona asegurada fallece o decae en una invalidez. Generalmente se utiliza para asegurar la estabilidad económica de la familia ante un infortunio, garantizar ingresos al propio asegurado o permitir a una empresa afrontar los gastos de sustitución de una persona clave en la organización empresarial. Nuestra recomendación es que la cifra no sea inferior a tres veces los ingresos anuales.
  • Beneficiarios: El asegurado y en su caso el propio Tomador, designa a los beneficiarios que recibirán la indemnización por fallecimiento o incapacidad. Cualquier persona física o jurídica puede ser designada como beneficiario y ser revocada en cualquier momento.
  • Indemnización: En caso de fallecimiento, u otra eventualidad contemplada en el contrato del asegurado, los beneficiarios recibirán una suma de dinero establecida en la póliza. Puede ser una cantidad fija o evolucionar en base a un índice, plan de amortización u otro que se establezca, cuya cuantía debería obedecer a un previo análisis objetivo de necesidades inmediatas y futuras.
  • Usos comunes: La indemnización del seguro de vida suele destinarse al pago de deudas como hipotecas o préstamos, adquisición de bienes, asegurar la continuidad de la educación de los hijos, reemplazar el ingreso perdido del asegurado… En definitiva, proporcionar un respaldo financiero inmediato e inembargable a favor de quien sea adjudicatario. Incluso para cubrir los gastos funerarios.

Seguro de decesos:

  • Propósito: El seguro de decesos se centra en cubrir los gastos relacionados con el funeral y los trámites administrativos posteriores al fallecimiento. Su objetivo es aliviar a los familiares del asegurado de la carga económica, anímica y administrativa de todo lo que implica organizar un sepelio.
  • Cobertura: Un capital ajustado al coste del funeral, como el ataúd, el servicio funerario, el entierro o la cremación, los trámites legales, el transporte del cuerpo (garantía muy importante si la muerte se produce fuera del domicilio habitual que obligue a incurrir en gastos adicionales de desplazamiento), las flores y otros desembolsos relacionados. Nuestra recomendación es que no sea inferior a 4.000 euros.
  • Servicios adicionales: Además de los gastos del sepelio, algunas pólizas de seguro de decesos incluyen una suma muy reducida para caso de accidente y ofrecen servicios adicionales de interés como el borrado digital, apoyo emocional y orientación legal.
  • Beneficiarios: en el seguro de decesos los beneficiarios son generalmente los propios familiares del asegurado o la persona encargada de los gastos del funeral.

Seguro de vida o decesos ¿Cuál es la mejor opción?

La elección dependerá de nuestras necesidades y circunstancias individuales: si hay cargas familiares, económicas, vivo lejos de mi tierra, incapacidad para suscribir un seguro de vida por cuestiones de salud y otras que nosotros ayudamos a clarificar. Como hemos visto, ambas pólizas cumplen propósitos similares y a la vez distintos, por lo cual es importante evaluar cuál se ajusta mejor a nuestros intereses o si las dos son necesarias, antes de tomar una decisión.

Por ejemplo, el importe económico asegurado en el seguro de decesos viene determinado por los deseos del contratante y los servicios específicos que se desean cubrir. La prima anual y sucesivas se calculan en función del tipo de entierro o cremación, repatriación y localidad de residencia habitual. Si, finalmente, los gastos totales de sepelio son inferiores a la cantidad asegurada, la compañía aseguradora tiene la obligación de abonar la diferencia a los beneficiarios.

En el seguro de vida, el tomador- quien contrata y paga el seguro- determina la cantidad indemnizatoria que desea contratar. La prima se establecerá en función de esta cantidad y de otros factores como la edad y el estado de salud del asegurado -sobre quien se suscribe-.

Otro aspecto muy importante para tener en cuenta son las cláusulas adicionales, particulares o especiales de cada uno de estos seguros. Debemos saber que las condiciones pueden variar según la póliza y la compañía aseguradora, son coberturas complementarias que dan un valor añadido al producto o servicio y personalizan el contrato.

Si tienes alguno de estos seguros o piensas que pueden ser de utilidad para ti u otra persona allegada, revisa sus detalles para comprobar las exclusiones y limitaciones y conocer tu grado de protección. Así actuó Genaro al contarnos que sus padres le incluyeron en su seguro de decesos al nacer y llevan pagando 43 años. ¿Le merece la pena si él tiene un seguro de vida por una importante cantidad?

Contacta con nosotros, te ayudamos a despejar dudas porque hacemos fácil lo complejo.

© José Silva Correduría de Seguros 2023.

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