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VENTAJAS E INCONVENIENTES DE LA NUEVA TARIFA TUR PARA COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

La nueva tarifa en mercado regulado para las Comunidades de Propietarios con calefacción central de gas natural, denominada TUR 4, ya es una realidad. Incluida en el Real Decreto-ley 18/2022, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural, establece un sistema con precios fijados por el Gobierno a prueba de posibles especulaciones del mercado y bajo unas condiciones concretas.

Después de unos años en los que se promovió el cambio de calderas centralizadas de las Comunidades de Propietarios a favor del gas natural, por precio y limpieza, numerosos vecinos no comprendían la falta de medidas para ayudar a los propietarios a enfrentarse a las bajas temperaturas de este otoño-invierno, con unos precios de este hidrocarburo compuesto similares al consumidor individual. El espectacular incremento de precio y la presión social sensibilizaron a los políticos.

Y es que en nuestro país existen dos mercados a la hora de contratar nuestra tarifa de gas: el libre y el regulado. A este último, también conocido como Tarifa de Último Recurso o TUR, no podían acogerse las Comunidades de Propietarios debido a ser consideradas grandes consumidores. Pero el plan aprobado hace posible que los edificios residenciales que superan los 50.000KWh de consumo también puedan beneficiarse de los precios suministrados a los minoristas. Eso sí, siempre que tengan instalados repartidores de consumos individuales que asignen a cada vivienda el consumo real que realiza.

La medida venía siendo reclamada por el CGCAFE desde hace meses. Los Administradores de Fincas remarcan que llega con lagunas y puntos abiertos a la interpretación y demasiado ajustada en el tiempo. Estos profesionales indican que hubiese sido necesario haberla aprobado en los meses de verano, para que a las Comunidades de Propietarios les diese el tiempo suficiente a cumplir los requisitos administrativos para el acceso a la nueva tarifa antes de la llegada de las bajas temperaturas.

¿Qué requisitos debe cumplir una Comunidad de Propietarios para acogerse a la TUR de Ahorro Vecinal?

Podrán acogerse a la tarifa de gas de ahorro vecinal las Comunidades de propietarios o agrupaciones de Comunidades de Propietarios de viviendas de uso residencial con un consumo anual superior a 50.000 kWh, así como las empresas de servicios energéticos que les presten servicio, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • Estar al corriente de pago de todas las obligaciones económicas con la actual comercializadora.
  • Disponer antes del 30 de septiembre de 2023 de contadores individuales de calefacción o repartidores de costes. Si aún no se dispone de ellos, debe presentarse un acuerdo de la junta de propietarios aprobando su instalación en dicho plazo. Esta medida se fue retrasando por la falta de credibilidad de los propietarios en su eficacia.
  • Aplicar al agua caliente sanitaria y la calefacción (esta última a partir del momento en que dispongan de dichos contadores individuales o repartidores de coste) un precio calculado en base a la TUR de Ahorro Vecinal.
  • Tener realizada en plazo la inspección de eficiencia energética con resultado positivo y tener al día la revisión de la caldera, que debe ser realizada por un Organismo de Control Autorizado (OCA). La omisión de las revisiones obligatorias puede dar lugar a la no atención de un siniestro que afecte a dicha instalación, por parte de la compañía aseguradora.

También se debe tener en cuenta que, conforme el artículo 47.4 del Real Decreto 1434/2002, La TUR tendrá un periodo mínimo de permanencia de un año.

¿Cómo se solicita la TUR 4?

Podrán solicitar el cambio de tarifa la persona que ejerza el cargo de presidente de la comunidad o el Administrador de Fincas usando el certificado digital de la comunidad. También puede solicitarla la persona responsable de la empresa de servicios energéticos que preste servicios a la comunidad. La solicitud se debe acompañar de una declaración responsable en la que se certifique el cumplimiento de los requisitos previos. Un acto no exento de responsabilidad.

La solicitud se tramitará a través de una comercializadora de último recurso, que según la CNMC actualmente son cuatro:

  • Grupo Naturgy: Comercializadora Regulada, Gas & Power, S.A.
  • Grupo Endesa: Energía XXI Comercializadora de referencia, S.L.
  • Grupo Iberdrola: Curenergia Comercialización de Último Recurso, S.A.U.
  • Grupo Total/EDP: Baser Comercializadora de Referencia, S.A.

Los contratos en vigor que la Comunidad de Propietarios tenga con otras operadoras se podrán rescindir para darse de alta en la TUR 4, aunque se deberá abonar la penalización que se haya pactado en el contrato actual si todavía no se ha cumplido el periodo de permanencia mínimo. La penalización no podrá superar el 5% de la facturación pendiente por el término variable de energía.

Pros y contras de la nueva tarifa TUR para Comunidades de Propietarios.

Según datos de la OCU los precios de la TUR 4 son aproximadamente un magnífico 50% inferiores a los que ofrecen en la actualidad las comercializadoras del mercado libre y, aunque haya nuevas subidas trimestrales, la previsión es que siga siendo competitiva.

A este hecho hay que sumarle que los sistemas de contabilización individualizada de calefacción central hacen tomar conciencia a cada usuario de su coste y tienen otros indudables efectos, ya que cada vecino paga la energía que consume, lo que repercute en un ahorro en las facturas energéticas de la comunidad. Teniendo en cuenta que la calefacción suele ser el gasto más importante para una comunidad, en algunos casos supone más del 60% del presupuesto anual, el ahorro de energía estimado al utilizar los contadores individuales es del 30% de la factura energética comunitaria.

Las prisas por tomar la medida han dejado abierto a la interpretación qué ocurrirá si la comunidad consume más gas que los últimos cinco años. La norma determina que la tarifa regulada “se aplicará al consumo facturado que sea menor o igual a la media del mismo periodo de facturación durante los últimos cinco años o los años disponibles si su historial fuera menor“. “Pero, si te pasas, ¿cómo te van a cobrar esos kilovatios de más? ¿A precio de mercado libre? ¿O habrá penalización?“, puntualiza Pablo Abascal, presidente del CGCAFE.

¿Vais a acogeros a la TUR de Ahorro Vecinal?

La instalación de contadores individuales y repartidores de costes requiere del vaciado de la caldera y del circuito de distribución para su instalación, salvo que se opte por instalar válvulas termostáticas en los radiadores. Estos trabajos se realizan sobre instalaciones antiguas, muy sensibles a golpes o esfuerzos que, generalmente, dan lugar a siniestros durante su ejecución o al llenar de nuevo el circuito. De ahí la importancia de utilizar los servicios de empresas solventes y con garantía amplia de seguro de responsabilidad civil.

Con asombro observamos la escasa sensibilidad de los propietarios ante el hecho de que cualquier reforma, por pequeña que sea, realizada en las instalaciones de una Comunidad de Propietarios siempre pueden conllevar riesgos e inconvenientes, en su calidad de promotor. Por este motivo, antes de disponerse a realizar cualquier tipo de obra es necesario que todo edificio cuente con un seguro todo riesgo rehabilitación para Comunidades de Propietarios que proteja a la comunidad y sus copropietarios ante cualquier eventualidad.

Si necesitas más información, o tienes alguna duda, déjanos un comentario o ponte en contacto con nosotros. En la Correduría de Seguros José Silva hacemos fácil lo complejo.

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