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LOS PATINETES ELÉCTRICOS MUY PRONTO DEBERÁN TENER UN SEGURO OBLIGATORIO

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Todos los vehículos de movilidad personal (VMP) nuevos deben contar con un certificado obligatorio. La Dirección General de Tráfico (DGT) adoptó esta medida con el objetivo de velar por la seguridad vial y la protección al conductor de este tipo de vehículos, así como del resto de usuarios de las vías públicas. Ahora, el Gobierno ha aprobado un proyecto de ley que obligará a los patinetes eléctricos y demás vehículos de movilidad personal a tener un seguro obligatorio de responsabilidad civil. Esta nueva norma busca compatibilizar los nuevos medios de transporte urbano con la protección a las víctimas de accidentes causados por estos modernos vehículos.

El aseguramiento no es nuevo, pues el uso de algunos modelos tenía cobertura de algunos riesgos mediante pólizas multirriesgo cuando su uso era propio o cobertura colectiva en los de uso público compartido. Desde nuestra correduría celebramos esta medida, ya que conocemos la importancia de que los cada vez más utilizados patinetes eléctricos cuenten con la protección específica de un seguro. Y es que, si el usuario o el patinete son responsables de un accidente, el propietario o su conductor deberá hacer frente con su patrimonio por los daños causados.

¿Cómo será la futura ley sobre patinetes eléctricos?

El proyecto de Ley, ya aprobado, proviene de una directiva europea sobre el seguro de responsabilidad civil de vehículos y modifica la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor y la Ley de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. Estas modificaciones buscan los siguientes objetivos:

  • Agilizar el procedimiento de valoración de las indemnizaciones.
  • Facilitar informes médicos y atestados policiales gratis.
  • Plazos más reducidos de valoración médica y emisión de informes.
  • Poder acudir a cualquier alternativa extrajudicial de resolución de conflictos para evitar la vía judicial.

¿Cómo te afectará la nueva norma?

En primer lugar, se ha introducido una definición más clara y amplia de los vehículos que deben disponer del seguro obligatorio de responsabilidad civil, los ahora denominados “vehículos personales ligeros”. Este nuevo concepto engloba todos los vehículos a motor que pueden alcanzar una velocidad máxima entre 6-25 km/h si su peso es inferior a 25 kilos o una velocidad máxima entre 6-14 km/h si su peso es superior a esa cifra.

Otra novedad para los patinetes eléctricos es que en enero de 2026 entrará en marcha un registro público de estos vehículos personales ligeros. Todo parece indicar que los vehículos de movilidad personal, entre ellos los patinetes eléctricos, tendrán que matricularse obligatoriamente.

Pero no solo los patinetes eléctricos deberán contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil. Se extiende la obligación del seguro también a los vehículos agrícolas o industriales, hasta ahora exentos.

¿Y cuándo será obligatorio el seguro de responsabilidad civil? Los propietarios de los ahora denominados vehículos personales ligeros, entre los que se encuentran los patinetes eléctricos, contarán con un plazo de seis meses para contratar este seguro desde que se publique la ley en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El seguro de responsabilidad civil para patinetes eléctricos.

Los cinco millones de patinetes eléctricos que la Federación Española de Vehículos de Movilidad Personal (Fevemp) estima que hay en nuestro país deberán contar con seguros de responsabilidad civil obligatoria si quieren seguir circulando. Se trata de un tipo de póliza que permite cubrir los daños personales y materiales que se puedan producir a terceros en caso de un hecho de la circulación. Es decir, el mismo que se exige a los conductores de la mayoría de los vehículos de motor, como turismos o motocicletas.

Actualmente, ciudades como Barcelona, Palencia o Valencia ya obligan a contratar este seguro a los dueños de patinetes. La nueva ley tiene como objetivo unificar esta dispersa normativa municipal que regula el uso de estos vehículos.

Aunque las características y alcance de la póliza que será obligatoria todavía no están claras, el Ministerio de Economía ha comunicado que la prima por asegurar los vehículos personales ligeros “tiene que ser inferior a la de los otros vehículos a motor porque el riesgo y los daños que se pueden producir son menores”. Aquí la última palabra la tienen las compañías de seguros, pues son ellas quienes asumirán los riesgos o el Consorcio de Compensación de Seguros, en el supuesto de que ninguna quisiera asumir tal aseguramiento. En cualquier caso, estamos a la espera de conocer si habrá una cuantía mínima para atender los daños corporales y materiales que se puedan causar a terceros. Nuestra recomendación profesional es que no sea inferior a 600.000 euros.

Pero algo que debemos tener en cuenta es que este seguro cubriría los daños a terceros, pero no los daños propios del conductor. Por este motivo será muy recomendable el seguro de accidentes al que transferir los gastos de lesiones del usuario (asistencia, curas, estética corporal, incapacidad temporal), en cuantía suficiente.

¿Cubre el seguro de hogar la responsabilidad civil por uso de patinete eléctrico?

Un seguro de hogar puede tener garantías de responsabilidad civil que se encarguen de cubrir los daños a terceros por un accidente con patinete. Se trata de la responsabilidad civil familiar y no todas las pólizas de seguros de hogar la incorporan. En el momento que este seguro sea obligatorio, la cobertura de los seguros multirriesgo dejará de tener validez, en aplicación de las exclusiones generales.

Si ya tenemos un patinete eléctrico o estamos pensando en adquirir uno, es recomendable revisar detalladamente las condiciones del contrato de nuestro seguro de hogar y comprobar si incluyen la responsabilidad civil para estos vehículos. En caso de que el patinete esté excluido o si tenemos dudas sobre el alcance de la cobertura, será necesario solicitar su inclusión, expresamente, a la aseguradora o a un mediador de seguros. Si no lo tienes claro, no dudes, contrata un seguro de responsabilidad civil específico de forma inmediata ¡No te la juegues!

Miguel estaba seguro de que la póliza de su hipoteca le cubría los daños que su hijo pudiera causar con el patinete, hasta que se encontró con la dura realidad cuando le llegó la reclamación judicial de 150.000 euros por la caída que sufrió una persona mayor en el impacto entre ambos, al doblar una esquina de su calle.

Ponte en contacto con nosotros, te ayudaremos a decidir. En la Correduría de Seguros José Silva hacemos fácil lo complejo.

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