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LOS SEGUROS DE ACCIDENTES

Los accidentes son impredecibles, a veces caminando por la calle un árbol se te cae encima. Pueden ocurrir en cualquier momento y lugar, cuando menos lo esperamos. Todos podemos ser más previsores y protegernos mejor ante un accidente, que puede tener un espectacular impacto en nuestro futuro y el de nuestros familiares.

Contar con un seguro de accidentes nos aporta esa deseada tranquilidad y protección para hacer frente a las consecuencias de la adversidad. Este tipo de pólizas, por cierto, muy económicas, han sido diseñadas para brindar toda la protección financiera necesaria en estas situaciones inesperadas. Si sufrimos un accidente marcarán la diferencia, ya que garantizan una indemnización económica en caso de sufrir lesiones temporales, permanentes o fallecimiento. Incluso pueden cubrir otros aspectos tan valorados como la recomposición estética o reparadora.

¿Qué entienden los seguros por accidente?

Según la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, se considera accidente a la lesión corporal que deriva de una causa violenta súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca invalidez temporal, permanente o muerte. Por lo tanto, el seguro de accidentes dará cobertura cuando se haya producido un hecho que merezca esta calificación de accidente, ya sea en la vida privada o desarrollando una actividad profesional, ofreciendo al asegurado y/o sus beneficiarios el pago del capital acordado con la aseguradora. El infarto de miocardio en determinadas circunstancias puede tener la calificación de accidente.

Por ley, el seguro de accidentes no cubrirá las consecuencias de accidentes provocados intencionalmente por el asegurado, hechos previos al pago de la prima o en el caso de que el seguro se haya extinguido o esté suspendido temporalmente por impago. Este seguro no tiene la catalogación de “un todo riesgo”, por tanto cada aseguradora propone su ámbito de aplicación, limitaciones y exclusiones. De ahí que sea necesario analizar y comparar con la ayuda de expertos en la mediación profesional.

¿Qué puede cubrir el seguro de accidentes?

Lo más relevante es que suministra un colchón ágil y barato para hacer frente a una situación imprevista. Nos ayuda a nosotros, a la empresa y a nuestra familia. Y es que debemos tener en cuenta que un accidente no solo puede afectar nuestra salud y bienestar, también a la estabilidad económica de una organización empresarial en la que algunas personas desempeñan una labor esencial.

Entre otras posibilidades, el seguro de accidentes permite tener ingresos regulares en caso de invalidez temporal. Permanecer temporalmente incapacitado para desempeñar una actividad laboral con normalidad, durante un período determinado, puede mermar la capacidad económica. Esto es válido tanto si el accidente ocurre en el lugar de trabajo, in itinere o fuera de él. Al finalizar la baja temporal, tras una evaluación médica, se determinará si la incapacidad se ha vuelto permanente, total, parcial o se produjo la curación.

En caso de sobrevenir una incapacidad permanente, absoluta o gran invalidez por un accidente, dará derecho a percibir la cuantía establecida en la póliza. La incapacidad permanente es la que presenta un grado de discapacidad igual o mayor al 33%, la incapacidad absoluta es la que inhabilita para todo tipo de trabajo y la gran invalidez se reconoce cuando es necesaria ayuda para llevar a cabo los actos esenciales de la vida.

Si la evolución deriva en fallecimiento del asegurado o aquel se produce sin los pasos previos referidos, los beneficiarios percibirán una indemnización o una renta a causa del accidente.

Además, en función de las coberturas contratadas en la póliza, puede cubrir los gastos de asistencia sanitaria que necesite el asegurado a raíz de sufrir el accidente.

La cobertura de accidentes como garantía adicional.

Si bien el seguro de accidentes puede ser contratado de forma independiente, lo habitual es encontrarlo en forma de garantía adicional en los seguros multirriesgo u otros contratos cotidianos. Por ejemplo en los de hogar, cuando se aseguran a los ocupantes habituales de la vivienda o convivientes con el tomador en la misma. Sin que sea necesario especificar cuantas personas o identificarlas expresamente en los de Comunidades de Propietarios, al incluir esta garantía complementaria para los empleados en nómina que prestan servicios a la finca. En los de viaje, extensivo a las personas que viajan juntas por cualquier parte del mundo.

Se convierte de este modo en una cobertura muy recomendable para empleados de fincas urbanas, para los Administradores de Fincas, que habitualmente se desplazan a visitar sus inmuebles, y proveedores y demás personal auxiliar. También para los trabajadores autónomos, ante la posibilidad de sufrir incapacidad que suponga una privación o disminución de ingresos que ponga en peligro la viabilidad de su negocio.

Con la aparición de los Vehículos de Movilidad Personal (patinetes y bicis eléctricas), el riesgo de accidentes en personas jóvenes es muy elevado y la posibilidad de sufrir lesiones alta, con necesidad de aplicar cirugía estética. En la práctica de actividades deportivas como aficionado o de ocio, y para los excursionistas, viajeros y estudiantes en el extranjero. Y es que la cobertura de accidentes tiene un costo tan asequible y aporta tanto valor que resulta asombroso observar que todavía haya personas sin asegurar.

El Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento es un registro público, dependiente del Ministerio de Justicia, cuya finalidad es suministrar la información necesaria para que pueda conocerse por los posibles interesados si una persona fallecida tenía contratado un seguro para caso de fallecimiento.

¿Me conviene un seguro de vida o un seguro de accidentes?

Ambos son compatibles y generalmente se complementan. Para distinguir el seguro de vida con el seguro de accidentes, es suficiente con observar que su principal diferencia radica en que el primero cubre el riesgo de fallecimiento o invalidez por cualquier causa, incluido el suicidio, mientras que el segundo únicamente en caso de sufrir un accidente.

Aunque coinciden en algunas coberturas, en muchas otras no. Por ejemplo, la invalidez temporal sólo la cubre el seguro de accidentes. Los seguros de vida pueden cubrir otros gastos, como los relacionados con el funeral y los trámites administrativos posteriores al fallecimiento, mientras que los de accidente se centran más en los necesarios para la atención sanitaria. Por estas características podemos afirmar que son seguros complementarios y ambos necesarios.

Si tienes alguna pregunta o necesitas más información, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. En la Correduría de Seguros José Silva hacemos fácil lo complejo.

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