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INSTALACIÓN DE PUNTOS DE RECARGA PRIVATIVOS EN GARAJES COMUNITARIOS: PREGUNTAS Y RESPUESTAS

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La movilidad eléctrica está en pleno auge. Cada vez son más los conductores que optan por vehículos sostenibles, impulsando la transición hacia poblaciones con menos emisiones contaminantes y más respetuosas con el medio ambiente. Los vehículos eléctricos no solo representan una alternativa ecológica, sino que avanzan rápidamente en términos de tecnología y accesibilidad. Pero sin duda, uno de los aspectos clave para su mayor desarrollo es la instalación de puntos de recarga privativos en garajes.

En viviendas unifamiliares, la instalación de un punto de recarga es un proceso sencillo. En estos casos el propietario tiene total libertad para decidir cómo, cuándo y qué infraestructura instalar. Sin embargo, en las Comunidades de Propietarios, el procedimiento para la instalación de puntos de recarga privativos es más complejo. Y es que el proceso suele afectar elementos comunes del edificio y normalmente genera dudas y conflictos entre los copropietarios. En este artículo, damos respuesta a las principales preguntas sobre la instalación de cargadores de vehículos eléctricos en garajes comunitarios. Desde la normativa vigente, los seguros necesarios y la responsabilidad en caso de siniestro.

¿Qué medidas son necesarias para instalar puntos de recarga privativos en garajes comunitarios?

Planificar correctamente la instalación de puntos de recarga privativos en garajes comunitarios facilita la adopción del vehículo eléctrico. Incluso garantiza una distribución equitativa de los costes y reparto de tareas.

Para facilitar este proceso, en 2013 se modificó la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Se estableció que cualquier propietario puede instalar un punto de recarga en su plaza de aparcamiento. La única condición es comunicarlo previamente a la persona que ejerza el cargo de presidente de la comunidad. Eso sí, dictaminando que el coste de dicha instalación será asumido íntegramente por el o los beneficiarios directos de la misma.

Por lo tanto, debe quedar claro la obligatoriedad por parte del propietario de correr con los gastos derivados de su propio emplazamiento, pero no los relacionados con la adaptación de la instalación eléctrica general del edificio. Esto hace necesario que la Comunidad de Propietarios permita la realización de las reformas necesarias para facilitar la implantación de los puntos de recarga privativos de manera segura y eficiente.

Para llevar a cabo este proceso de forma adecuada, es fundamental seguir una serie de pasos:

Elaboración de un proyecto técnico

Será necesario realizar un estudio previo que determine aspectos esenciales como la ubicación de los contadores, el recorrido del cableado y la disposición de los cargadores. Este proyecto evaluará la viabilidad de la instalación y el cumplimiento de la normativa vigente.

Aprobación en junta de propietarios

Cuando la instalación implica la modificación de elementos comunes, debe ser sometida a votación en la junta de propietarios. Al tratarse de una infraestructura considerada necesaria, la aprobación requiere una mayoría simple. Su coste será asumido por todos los propietarios; incluso aquellos que no estén de acuerdo.

Intervención del Administrador de Fincas

Junto con el presidente de la comunidad, el Administrador de Fincas desempeña un papel muy destacado en este proceso. Su labor de coordinación incluye informar a la comunidad sobre el estado de la instalación eléctrica, evaluar la demanda futura de puntos de recarga entre los propietarios y proponer soluciones equitativas, con la ayuda de empresas y profesionales expertos.

Contratación de un seguro adecuado

Contar con un seguro de responsabilidad civil es indispensable tanto para los propietarios que instalen un punto de recarga como para la comunidad en general. Este tipo de pólizas sirven para dar cobertura a posibles daños a terceros, desperfectos en elementos comunes o incidencias derivadas de la carga del vehículo. Además, algunos seguros multirriesgo del hogar permiten incluir el punto de recarga como un elemento asegurado, situado fuera de la vivienda.

¿Qué seguro es obligatorio para instalar puntos de recarga privativos en garajes comunitarios?

Actualmente, no existe la obligación legal de contratar un seguro específico para la colocación de puntos de recarga privativos en garajes comunitarios. Sin embargo, sí existe una responsabilidad “in vigilando” de asegurarse que los trabajos se ejecutan con todas las garantías necesarias para evitar problemas futuros.

En caso de que durante la instalación se produzcan daños en elementos comunes del edificio o en propiedades de terceros, la responsabilidad recae directamente en la empresa instaladora y el promotor de la obra, quienes deberán asumir los costes de reparación o indemnización.

Es, por todo ello, necesario que la comunidad solicite a la empresa instaladora una copia del contrato de seguro. Asimismo, del recibo en vigor de su póliza de responsabilidad civil profesional. Esto permitirá verificar si la cobertura es adecuada para la actividad a desarrollar y su amplitud frente a cualquier imprevisto, especialmente cuando la instalación es compleja o afecta a infraestructuras compartidas del inmueble.

¿Puede la Comunidad de Propietarios exigir cobertura de seguro para los puntos de recarga privativos?

En materia de responsabilidad, quien causa un daño debe asumir las consecuencias, y esto también aplica a la instalación y uso de puntos de recarga en garajes comunitarios. La Comunidad de Propietarios tiene la facultad de acordar medidas para reducir riesgos y garantizar la seguridad de todos los vecinos.

En este sentido, la comunidad puede:

  • Solicitar a los propietarios una copia del seguro que cubra posibles daños derivados del uso del cargador.
  • Establecer la obligatoriedad de contar con una póliza mediante un acuerdo en junta de propietarios, reflejándolo en las normas de régimen interno o en los estatutos de la comunidad.

¿Qué ocurre en caso de incendio en el garaje durante el proceso de carga?

Si se produce un incendio en el garaje durante la carga de un vehículo eléctrico, la responsabilidad de los daños recaerá en el propietario del vehículo eléctrico o del cargador, dependiendo del origen del siniestro. Esta determinación será realizada por los peritos designados por las aseguradoras o el cuerpo de bomberos.

Si el incendio es causado por el vehículo

Todos los automóviles, motocicletas y algunos VMP deben contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio, por lo que, si el fuego se origina en el vehículo, será esta póliza la encargada de cubrir los daños. En caso de que no disponga de seguro, el Consorcio de Compensación de Seguros asumirá los gastos, con derecho a reclamar posteriormente al propietario.

En algunos casos, la póliza del vehículo eléctrico puede aportar cobertura para el cargador durante el proceso de carga, dependiendo de las condiciones particulares del contrato de seguro.

Si el incendio es causado por el punto de recarga privativo

Cuando el origen del incendio se encuentra en el cargador eléctrico, el propietario del dispositivo será el responsable de los daños ocasionados. Para protegerse ante este tipo de siniestros, existen varias formas de aseguramiento:

  • Incluir el cargador en la póliza del hogar, siempre que la vivienda y el garaje se encuentren en el mismo edificio y la aseguradora acepte dicho riesgo.
  • Añadirlo a la póliza del automóvil, si el asegurador ofrece esta posibilidad dentro de su cobertura para vehículos eléctricos.
  • Contratar un seguro independiente tipo avería de maquinaria o equipos electrónicos que asegure el cargador y posibles daños en el garaje o propiedades ajenas.

Adicionalmente, conforme al artículo 43 de la Ley de Contrato de Seguro, la compañía de seguros que haya indemnizado los daños puede ejercer su derecho de repetición al causante.

¿La Comunidad de Propietarios debe incluir en su póliza los puntos de recarga privativos?

Aunque los cargadores privativos no forman parte de los elementos comunes del edificio, la Comunidad de Propietarios debe informar a su aseguradora o mediador de seguros de la instalación. Su incorporación representa una modificación del riesgo que podría afectar las condiciones del seguro y, en algunos casos, suponer un ajuste en la prima. Con esta información se evita la regla de equidad.

Si la comunidad ha instalado puntos de recarga de uso colectivo, es imprescindible que su valor incremente la suma asegurada asignada al edificio y se haga constar expresamente para la adecuada cobertura en caso de siniestro.

¿Qué otros seguros son necesarios para una comunidad que va a instalar puntos de recarga?

La instalación de puntos de recarga en garajes comunitarios no está exenta de riesgos e inconvenientes, de ahí nuestra recomendación a la comunidad de suscribir distintas pólizas, por ejemplo:

Es muy recomendable recurrir a una correduría de seguros, mediador experto que realizará un análisis objetivo de las opciones disponibles en el mercado.

Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos. En la Correduría de Seguros José Silva hacemos fácil lo complejo.

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